Investigación

Los 7 mandamientos de Derechos Humanos que el Estado incumple

Desde abril de 2017, el país ha visto cómo se vulneran continuamente los Derechos Humanos durante manifestaciones pacíficas. La fuerza opresora del Estado va en ascenso en tanto los heridos y fallecidos engrosan una lamentable lista. Principios básicos contemplados en tratados internacionales firmados por Venezuela recuerdan que, si se sigue infringiendo la letra, La Haya no tendrá contemplaciones No es normal que tanquetas de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB) estén presentes en una manifestación pacífica. Tampoco que militares o funcionarios de la Policía Nacional Bolivariana (PNB) disparen a mansalva proyectiles, bombas lacrimógenas o perdigones a los marchistas. Mucho menos cartuchos adulterados con metras para infligir el mayor daño posible. Dos meses han sido suficientes para evidenciar cómo se conculca el derecho universal a la protesta en Venezuela, contemplado en tratados regionales e internacionales.

Portada: AFP | Fotografías dentro del texto: Andrea Hernández, Gustavo Vera y Pedro Agranitis
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Las irregularidades sobre el asfalto prendieron las alertas en la Organización de Naciones Unidas (ONU). Este 28 de abril, un grupo de relatores especializados en Derechos Humanos mostró su preocupación por las muertes y heridos —que van en ascenso. Pidió la investigación de al menos 25 personas fallecidas en las manifestaciones recientes, ya que “tales actos constituirían graves violaciones de los derechos a la vida, a no ser privado arbitrariamente de la libertad, y a las libertades de reunión pacífica y de expresión”. Días más tarde, el Alto Comisionado de los Derechos Humanos de la ONU también pidió aceptar la solicitud de visita al país para un “análisis imparcial y rápida asistencia” ante los más de 60 decesos reconocidos por la Fiscal General, Luisa Ortega Díaz.

A pesar de la presión internacional, las recomendaciones permanecen empolvadas, perdidas en alguna oquedad revolucionaria. Parecen ser innecesarias para el gobierno de Nicolás Maduro. El presidente se olvida o rechaza la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, documento que reza en su artículo 20 que “toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacífica”.
El instrumento es la base de los 193 estados miembros. También lo es en Venezuela, un país de cimientos institucionales flojos, que pelea en las calles por su constitucionalidad. Mientras, siete principios básicos se vulneran a diario:
1. No matarás
Simple. Son incontables los tratados internacionales que tienen este decreto como bandera. También las cartas magnas alrededor del mundo. Con el respeto del derecho a la protesta, se cumple el derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad personal. La Declaración Universal de los Derechos Humanos, promulgada por las Naciones Unidas, lo establece así en su artículo 3. El artículo 2 del Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley lo refuerza cuando apunta que los efectivos respetarán y protegerán la dignidad individual, a la vez que defenderán los DDHH de todas las personas.
En Venezuela el mandamiento se huella con la bota. En más de 70 días de protestas, han asesinado a civiles que alzan sus voces en contra del gobierno de Nicolás Maduro. La cifra roza los 70 muertos. Cada una de ellos sacudió la fibra del venezolano. Un PNB está siendo investigado por el Ministerio Público debido al homicidio del joven Jairo Ortiz, primero en caer en las protestas de 2017, el 6 de abril de un disparo en Carrizal, estado Miranda. Christian Ochoa de 22 años se plantó de forma pacífica en el callejón Rómulo Gallegos, en Valencia, el 25 de abril cuando funcionarios de PoliCarabobo accionaron sus armas de fuego contra los manifestantes y acabaron con su vida. En una ráfaga de balas despedidas por la Guardia Nacional, Manuel Castellanos de 48 años se desplomó el 17 de mayo en Tucapé, estado Táchira, con un impacto en el cuello.
Incluso, las fuerzas de seguridad del Estado tienen bajas. El defensor del pueblo, Tarek William Saab, anunció el 1 de julio en una rueda de prensa la defunción de un guardia en San Antonio de los Altos y dos PoliCarabobo hasta la fecha. 
2. Usarás la fuerza solo en casos extremos, y de forma correcta
La fuerza estatal será considerada solo cuando sea estrictamente necesario y en la medida que lo requiera el desempeño de sus tareas. Así lo establece el artículo 3 del Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley promulgado por el Alto Comisionado de los Derechos Humanos de la ONU. Debe ser excepcional y según las circunstancias, “para la prevención de un delito, para efectuar la detención legal de delincuentes o de presuntos delincuentes o para ayudar a efectuarla”. Es claro cuando establece que no podrá usarse cuando exceda estos límites.
El artículo 5 de los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley le pone normativa al uso de armas de fuego en caso de que accionarlas se vuelva inevitable: se ejercerá con moderación y actuarán en proporción a la gravedad del delito y al objetivo legítimo que se persiga; reducirán al mínimo los daños y lesiones y respetarán y protegerán la vida humana; procederán de modo que se presten lo antes posible asistencia y servicios médicos a las personas heridas o afectadas; procurarán notificar lo sucedido, a la menor brevedad posible, a los parientes o amigos íntimos de las personas heridas.
En Venezuela, se marcó un precedente el 26 de abril. La muerte de Juan Pablo Pernalete por el impacto de una bomba lacrimógena visibilizó aún más el incumplimiento de los tratados internacionales. El Ministerio Público hizo un análisis histológico, químico y toxicológico que determinó que un guardia había disparado el proyectil que acabaría con su vida. Sin embargo, la represión gubernamental sigue in crescendo. La coordinadora del Laboratorio de Paz, Lexys Rendón, esclarece que el uso del material antimotín “no puede derivar en lesiones y amenazas a la vida. Nada de disparos directo al cuerpo de los manifestantes. Debe tener un ángulo y una distancia determinados”. 
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3. Solo usarás armas y municiones antimotines, nada adulterado ni vencido
El control de calidad es imperioso hasta para disuadir manifestaciones. Según el artículo 3 de los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley debe evaluarse cuidadosamente la fabricación y distribución de armas no letales. Explica que es necesario para reducir al mínimo el riesgo de lesiones.
El no cumplimiento del documento se siente con ardor en la piel, los ojos y las mucosas de quienes son reprimidos por las fuerzas de seguridad. Diversos proyectiles han rodado por el suelo con fechas de vencimiento que datan de hace años. El 19 de abril, durante las manifestaciones convocadas por la oposición, la GNB lanzó en la avenida José Casanova Godoy bombas lacrimógenas con 22 años de vencidas, al igual que municiones de perdigones de 7mm prohibidas en el marco regulatorio venezolano y en los protocolos internacionales.
También se siente en la piel y deja marcas circulares difíciles de borrar. En los centros de salud del país se les conoce como “metrazos” a los impactos de cartuchos adulterados con metras. Se ha reportado en diversas ocasiones que funcionarios militares las disparan sin piedad. Aunque el comandante de la Guardia Nacional Bolivariana, Antonio Benavides Torres, rechazó su uso —“ni existen en nuestros comandos, en el parque de armas, o en un depósito que tengamos ese tipo de esferas, no existe en nosotros”—, las calles dicen lo contrario. Durante una manifestación convocada por la MUD del 20 de mayo en Caracas, el diputado Miguel Pizarro se desplazó por la avenida Francisco de Miranda recogiendo estas esferas cristalinas. David Smolansky, alcalde del municipio El Hatillo, también ha denunciado la irregularidad.


4. Protegerás a tu prójimo manifestante sobre todas las cosas
La ONU no vacila cuando de protecciones humanitarias se trata. Es la regla de oro. La resolución 22/10 adoptada por el Consejo de Derechos Humanos establece la promoción y protección de los Derechos Humanos en el contexto de las manifestaciones pacíficas. Su artículo 2 le recuerda a los Estados firmantes, entre los que se encuentra Venezuela, que tienen la responsabilidad de impedir que se transgredan dichas facultades, “en particular de impedir las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, las detenciones y reclusiones arbitrarias, las desapariciones forzadas y las torturas y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, y exhorta a los Estados a que impidan en todo momento que se produzcan abusos en los procedimientos penales y civiles o amenazas en relación con algunos de los actos mencionados”.
Las palabras entran por un oído y salen por otro. Van 1.354 lesionados desde que las protestas iniciaron, según las cuentas actualizadas del Ministerio Público. Para colmo, el contraste salta a la vista con las cifras que presentó el diputado José Manuel Olivares el 2 de junio de 2017 en una rueda de prensa: en dos meses hubo 15.000 heridos. De acuerdo con el parlamentario, la semana del 29 de mayo registró unas mil personas lastimadas. Incluso, miembros de la Cruz Roja, organismo respetado internacionalmente, se vieron forzados a desplegar su emblema el 10 de junio en la sede de La Candelaria, en Caracas, para que manifestantes, personas lesionadas, vecinos y funcionarios, estuvieran al tanto de que ahí se encuentra una institución neutral cuya función es ayudar, luego de una arremetida de gases lacrimógenos en la zona.
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Lexys Rendón recuerda que debe haber presencia médica garantizada por el Estado durante una manifestación. Nadie debería resultar herido. En caso de que suceda, “tiene que haber un mecanismo de parte de la autoridad para que avise el estado de salud a sus familiares”. En Venezuela, la sociedad civil asumió esa responsabilidad. Por las calles hormiguean paramédicos y grupos universitarios como Primeros Auxilios de la Universidad Central de Venezuela, que brindan apoyo con insumos donados.
5. Permitirás que las manifestaciones pacíficas lleguen a su destino
De acuerdo con la resolución 22/10 adoptada por el Consejo de Derechos Humanos, es obligación y deber del Estado facilitar a los manifestantes el acceso a espacios públicos para que puedan desplazarse en sana paz. Se especifica en su artículo 4. Están en la obligación de “protegerlos, donde sea necesario, contra cualquier forma de amenaza”. Para tal efecto, se señala que es crucial el papel de las autoridades locales.
Es raro ver en Venezuela una marcha convocada por la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) que llegue a su destino. Los cordones de seguridad, muchas veces encabezados por mujeres, impiden el libre tránsito de las masas descontentas, más allá de proteger a los ciudadanos. Menos de diez convocatorias han culminado su jornada con éxito desde en abril de este año. Sitios como el Consejo Nacional Electoral (CNE), el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), la Defensoría del Pueblo han sido inalcanzables para la oposición. Incluso, hay algunas instituciones públicas que están resguardadas por efectivos de la GNB, haya o no movilizaciones.
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Provea señala el quebrantamiento de este derecho y rechaza los permisos que los venezolanos deben emitir para poder patear la calle con la venia gubernamental.
6. No sacarás la tanqueta ni la ballena a pasear
Los medios de transporte a prueba de balas, al igual que los equipos autoprotectores, son una recomendación del Alto Comisionado de los Derechos Humanos para los funcionarios de las fuerzas de seguridad estatales. Están pensados para disminuir la necesidad de armas de cualquier tipo.
Sin embargo, los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley hacen una salvedad: cuando los funcionarios son dotados de diversas armas y municiones, se espera que también puedan diferenciar su uso. Lexys Rendón, quien también es investigadora de Provea, apunta que de esto depende que sean letales, aunque no sean armas de fuego. Tienen el mismo efecto dependiendo de cómo se usen. “En Venezuela, no es proporcional con el peligro que se quiere evitar. Se usa siempre, previo a que la gente llegue, eliminando cualquier posibilidad de diálogo que pueda generar canales de tránsito para los manifestantes”, discurre.
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Los vehículos antimotines de las Fuerzas Armadas han estado en las calles y avenidas del país sin siquiera presentar indicios de desbordamiento de la violencia. El fotógrafo Pedro Yammine de 22 años fue arrollado dos veces por una tanqueta de la Guardia en Altamira, Caracas, el 3 de mayo, cuando una marcha opositora que intentaba llegar a la sede de la Asamblea Nacional (AN) fue reprimida. La arremetida lo dejó con siete costillas y ambos omoplatos fracturados, aire en su cuerpo, fuera de los pulmones y varias cortadas y raspones.

También se ha visto cómo los chorros a presión de la ballena han revolcado a varios indefensos que solo buscan cruzar la autopista Francisco Fajardo. El 22 de mayo, Manuel Melo Beroes perdió un riñón y la vesícula cuando fue abatido contra el corredor vial con un chorro a presión de una ballena de la GNB. Incluso, el diputado Carlos Paparoni terminó con una herida en la cabeza luego de rebotar contra el asfalto el 29 de mayo.

7. Respetarás al reportero
La libertad de expresión va de la mano de las protestas. La prensa es reconocida por el Consejo de Derechos Humanos en su resolución 22/10. Se aúpa a su existencia en su artículo 13 cuando se habla de la promoción y protección de los DDHH en el contexto de manifestaciones pacíficas, junto a las ONG y defensores de los derechos inalienables del hombre.
En Venezuela, es prácticamente criminalizada por los cuerpos policiales y militares. Portar un carnet de un medio de comunicación es sinónimo de saco de boxeo. El director de Espacio Público, Carlos Correa, afirma que los ataques a periodistas se dividen en dos líneas de acción: la censura y la agresión física, esta última incluye arremetidas a sus equipos de trabajo. En la primera, resalta: “La lógica de que no se puede transmitir información de las manifestaciones. Es el patrón que ocurre de forma más recurrente, con el argumento de que, en teoría, se dan en zonas de seguridad muchas veces”.
En la segunda, las agresiones son cuantiosas. Robos, golpes, ataques verbales. El 5 de junio, por ejemplo, periodistas y manifestantes fueron robados por funcionarios de la PNB y la GNB. Sin embargo, un caso le dio la vuelta al mundo. La periodista Elyangélica González, corresponsal de la cadena Univisión y Caracol Radio, fue sometida y arrastrada por un grupo de guardias a las afueras del Tribunal Supremo de Justicia mientras cubría una protesta estudiantil el 31 de marzo.

Precaución: La Haya te espera
La Corte Penal Internacional (CPI) es el coco del represor. Gobernante, funcionario o particular, todos pueden comparecer y recibir sus sanciones —que varían de acuerdo con la gravedad de sus crímenes. El genocidio a un grupo nacional, racial, étnico o religioso, puede llevar a la cárcel. También los crímenes de lesa humanidad, entre los que califican asesinatos, exterminios, esclavitud, torturas, deportación, privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales del derecho internacional.
Aunque el director de Provea, Rafael Uzcátegui, asegura que Venezuela aún no está en condiciones de elevar sus violaciones de DDHH hasta La Haya, la CPI es la sombra que acompaña cada asesinato. Las penas son claras y dependen de la gravedad de los casos interpelados: años de prisión no mayores a 30 años, o cadena perpetua, junto a una multa y el decomiso de bienes que sean propiedad del condenado.]]>

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