Investigación

Torturas: crímenes de la revolución

Desde el pasado 12 de Febrero, en Venezuela se ha suscitado un largo etcétera de agresiones contra manifestantes de oposición. Algunas devinieron tortura o trato cruel e inhumano —considerados delitos según la Ley Especial Para Prevenir y Sancionar la Tortura y otros Tratos Crueles, Inhumanos y Degradantes. Hay castigo pero hasta la fecha las 800 denuncias no han recibido respuesta. La justicia no ha sancionado

Fotografías: Federico Parra y Héctor Castillo. Cadena Capriles
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Ellos se acercaron hasta el carro. A golpes y empujones sacaron a los cuatro muchachos que se escondían. Su embestida, carente de discresión y cordura, sí, había sido brutal. Los jóvenes, minutos antes también manifestantes, intentaban huir de aquel ataque. Los únicos escudos que proyectaban para defenderse del exceso de lacrimógenas y perdigones, lanzados por la Guardia Nacional, eran insultos y piedras.

Cuando los tuvieron afuera, los militares se dividieron. Unos se llevaron a los cuatro estudiantes hasta el distribuidor El Trigal, de Valencia, y los otros se quedaron incendiando el vehículo. Era jueves 13 de febrero. En el grupo iba Juan Manuel Carrasco. Esa noche, él y sus tres amigos fueron interceptados en la calle Pedro Gual de El Trigal. Desde allí se los llevaron para juntarlos con otros siete detenidos más. En total eran 11 los que fueron aprehendidos.

Al tenerlos a todos juntos, en lo que sería su cárcel sin barrotes, los esbirros, siempre vestidos de verde campaña, los obligaron a colocarse uno al lado del otro con la vista hacia una de las barandas de la autopista. Luego los mandaron a arrodillarse. Siempre entre gritos, amenazas, patadas, culatazos de fusiles y puñetazos. Durante el forcejeo, el pantalón de Juan Manuel se cayó y solo quedó en boxer.

Mientras unos zurraban y otros amenzaban, uno de ellos se paró atrás de Juan Manuel. Con la punta del arma que cargaba —se presume era un fusil— subió su franela y recorrió su espalda. Cuando la punta de hierro llegó a la parte baja, el militar hizo una maniobra para que la liga del boxer dejara de ser un obstáculo. Aquel cilindro frío siguió su recorrido y quedó incrustado entre las nalgas del chamo, también niño pese a sus 21 años. Sus amigos y también mártires solo oyeron un grito. Salvo los cómplices del violador, ninguno de los que permanecía arrodillados pudo ver nada.

Cuando Juan Manuel fue presentado ante los tribunales por manifestar, él contó lo que le habían hecho. El Ministerio Público abrió una averiguación, y luego en rueda de prensa, la Fiscal General, Luisa Ortega Díaz, desmintió al agredido y abochornado. Dijo: “los análisis forenses que se le practicaron, no arrojaban ningún ultraje”. Ante esas declaraciones, Juan Manuel impugnó. También rebatió la falacia de la fiscal.

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I

Raúl Díaz Álvarez fue detenido por el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional —Sebin. De acuerdo al expediente que tiene el Foro Penal Venezolano a él lo amenzaron con violarlo. Supuestamente, fue sometido a 30 descargas eléctricas. Ya en la última, el chamo no aguantó. Desfalleció. Su testimonio cita que además usaron una bolsa para envolverle la cabeza y evitar así que pudiera respirar. Entre una y otra agresión dijo: “los funcionarios solo me preguntaban: ¿tú estabas con Leopoldo? ¿Tú estabas con Ledezma?”.

II

A Marco Aurelio Coello lo detuvieron el 12 de febrero por los predios de La Candelaria, Caracas. Los funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas —Cicpc— lo mantuvieron bajo custodia en la sede de Parque Carabobo.

De acuerdo al informe que tiene el Foro Penal Venezolano, a este estudiante, también protestante, lo mantuvieron esposado y arrodillado por más de tres horas frente a una pared. Luego fue llevado hasta un cuarto y allí lo envolvieron con una colchoneta y comenzaron a golpearlo al punto de fisurarle algunas costillas.

Entre la paliza, creyó escuchar la siempre pregunta, que sonaba más bien a afirmación: “¿tú quemaste la camioneta?”.

III

A Rafael Montilla lo detuvieron en la Plaza Altamira. Agentes de la Guardia Nacional, que llegaron a replegar a los manifestantes, capturaron a este camarógrafo que trabaja para la empresa Internacional Telesur y para la agencia de noticias Roiters.

A trompicones y por el cabello lo metieron en una tanqueta. Lo llevaron, junto a otros, hasta Fuerte Tiuna. Allí bajaron a todos menos a Rafael. Un guardia comezó a cortarle sus dreads, “para que seas hombre”, le dijo. El muchacho usaba su cabello al estilo rasta —pues forma parte del movimiento espiritual Rastafari, por lo cual sus trenzas, para él, guardaban un significado importante.

IV

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Estos cuatro casos, y otros 55 están verificados por el Foro Penal Venezolano. Eso quiere decir que ya fueron denunciados antes organismos públicos —Fiscalía, Tribunal Supremo y Defensoría. Hay un informe con los elementos necesarios para que esas mismas instituciones inicien una investigación seria y sin dilaciones.

Sin embargo, el director ejecutivo del Foro Penal Venezolano, el abogado Alfredo Romero, aseguró que la organización ha recibido más de 800 denuncias desde el pasado 12 de febrero hasta la fecha. Intentan verificarlas todas. Para ello cuentan con unos 200 abogados distribuidos en el país y con otros 1200 colaboradores.

Los estados con mayor número de denuncias son Carabobo y Lara, de acuerdo a la información del Foro Penal Venezolano.

V

“No todas las denuncias ni las agreciones verificadas pueden ser catalogadas como torturas”, explicó Romero. De acuerdo al artículo cinco de la Ley Especial Para Prevenir y Sancionar la Tortura y otros Tratos Crueles, Inhumanos y Degradantes, vigente en el país, quedan los siguientes conceptos definidos:

Tortura: son actos por los cuales se inflige intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos, ya sea físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos sufrimientos sean infligidos por un funcionario público o funcionaria…”.

Trato cruel: son actos bajo los cuales se agrede o maltrata intencionalmente a una persona, sometida o no a privación de libertad, con la finalidad de castigar o quebrantar la resistencia física o moral de ésta, generando sufrimiento o daño físico”.

Trato inhumano o degradante: son actos bajo los cuales se agrede psicológicamente a otra persona, sometida o no a privación de libertad, ocasionándole temor, angustia, humillación…”.

Dicho esto, los casos de Juan Manuel, Raúl, Marco Aurelio, podrían ser catalogados como torturas. Sus agresiones fueron infligidas por un funcionario público en funciones, con el fin de castigarlos o de sacarles información. “Hubo un propósito”, agregó Romero.
En el particular de Rafael Montilla sería tipificado como trato degradante. No hubo sufrimiento físico, pero sí psicológico. De acuerdo a la ley, la pena por torturar, o por causar trato cruel o degrandate, es la prisión y el cese inmediato de sus funciones.

El artículo 17 expone la pena por tortura: “El funcionario público o la funcionaria pública que en funciones inherentes a su cargo lesione a un ciudadano o ciudadana que se encuentre bajo su custodia en su integridad física, psíquica o moral, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, con la intención de intimidar, castigar u obtener información o una confesión, será sancionado o sancionada con la pena de 15 a 25 años de prisión e inhabilitación para el ejercicio de la función pública…”.

El artículo 18 habla del castigo por el trato cruel: “El funcionario público o funcionaria pública que someta o inflija trato cruel a una persona sometida o no a privación de libertad con la finalidad de castigar o quebrantar la resistencia física o moral de esta, genere sufrimiento, daño físico o psíquico, será sancionado o sancionada con pena de 13 a 23 años de prisión e inhabilitación para el ejercicio de la función pública y política…”.

El artículo 21 especifica la pena para quien haya impuesto trato degradante: “El funcionario público o funcionaria pública que en funciones inherentes a su cargo, cometa actos bajo los cuales se agreda psicológicamente a otra persona, sometida o no a privación de libertad, ocasionándole temor, angustia, humillación; realice un grave ataque contra su dignidad, con la finalidad de castigar o quebrantar su voluntad o resistencia moral, será sancionado o sancionada con la pena de tres a seis años de prisión e inhabilitación para el ejercicio de la función pública y política…”.

Pero la ley no solo castiga a quienes hayan infligido directamente las agresiones. También estipula punición para quienes hayan colaborado, obstruido y encubierto el hecho, tal como lo subraya el artículo 19: “El funcionario público o funcionaria pública que colabore de cualquier forma o encubra a los agentes activos de los delitos previstos en los artículos 17 y 18, será sancionado o sancionada con pena equivalente a lo establecido en los artículos antes señalados…”.

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Según Romero, esto quiere decir que aquellos que sirvieran de colaboradores, encubridores o hayan obstruido la investigación pueden pagar, según sea el caso, de 15 a 25 años de prisión, o de 13 a 23 años. “Si un ministro, o un presidente, o un jefe de pelotón, encubren u obstaculizan tienen que pagar, la ley es muy clara”, dijo el abogado. No se escapan quienes falseen informes médicos. El artículo 27 señala entre ocho y 12 años de prisión.

Es así como el Foro Penal Venezolano, en el marco de la Ley Especial Para Prevenir y Sancionar la Tortura y otros Tratos Crueles, Inhumanos y Degradantes —en Venezuela—, La Convención Contra la Tortura, de la Organización de las Naciones Unidas, y el Protocolo de Estambul sustancian informes para exigir justicia en el país o ante instancias internacionales. Y esa es la lucha. Otra más que se libra en Venezuela. Afuera, mientras tanto, mientras tribunales se abigarran con expedientes, estos guapetones, blindados por la impunidad y por sus uniformes verdes de campaña, no se detienen en legislaciones. No. Se llevan todo a su paso. Porque la orden es clara: “cuidar el legado del gigante eterno”. Muerto.

Por qué el vientre de Angelly

Angelly Pernía tiene 19 años. Es estudiante de la Universidad Católica Andrés Bello —núcleo Táchira. Fue detenida el pasado cinco de mayo luego de que participara, cerca de su centro de estudio, en una protesta, San Cristóbal. Otros 12 compañeros fueron arrestados también, junto a ella. Ella es la única que quedó apresada por, supuestamente, poseer materiales explosivos. Así comenzaría su sino.

La llevaron al cuartel general de la Policía del Táchira y 48 horas más tarde, cuando fue llevada a los Tribunales para ser presentada e imputada, la joven manifestó haber sido víctima de torturas. A pesar de los moretones, del fuerte dolor abdominal y del esfuerzo que tuvo que hacer para moverse y declarar, la Fiscalía Séptima de la entidad estadal le imputó los siguientes delitos: agavillamiento, instigación pública, obstaculización de vía pública y tenencia de explosivos. El tribunal dictó medida privativa de libertad y decidió que el Centro Penitenciario de Occidente sería garrotes y barrotes.

Al escuchar la sentencia, la joven, como en una película cruenta de Tarantino, se desmayó. Dos horas más tarde, fue ingresada al Hospital Central de San Cristóbal. Esposada a la cama, fue sometida a varios exámenes médicos que, entre otros dignósticos, mostraron desprendimiento de un ovario. Los análisis devinieron intervención quirúrgica cinco días más tarde.

Los médicos que ofrecieron declaraciones oficiales sobre el caso, no dieron fe de maltrato alguno. Aseguraron que la complicación pélvica no fue ocasionada por ninguna agresión. Y no hicieron caso a los moretones que presentó en piernas y brazos. Sin embargo, la joven insiste, aún hoy, a casi un mes de haber empezado su viacrucis, en que fue agredida por los policías. Y lo expresó en una conmovedora carta que escribió y que fue difundida por las redes sociales.

Por su parte, el diputado a la Asamblea Nacional, Walter Márquez, subrayó: “Angelly fue salvajemente golpeada por miembros de Politáchira. Eso consta en el expediente penal”. Precisó, asimsimo, que en la historia clínica los diferentes médicos tratantes dejaron constancia de los hematomas causados por los golpes a la estudiante de la Ucat.

Aunque la historia clínica revela que las lesiones pélvicas fueron anteriores al encarcelamiento y a la sampablera en donde recibiera la brutal tunda, las agresiones de las que fue objeto al momento de su protesta habrían sido las que precipitaron su cuadro clínico.

Hasta este 14 de mayo, Angelly permaneció esposada a su cama clínica y custodiada por efectivos de Politáchira. Ante esa situación, Jesús Panza, uno de los tíos de Angelly, denunció que uno de los efectivos policiales fue enviado como escolta de la joven. La controversia fue tal, que poco antes de medianoche, de ese 13 mayo, el Tribunal décimo de Control del estado Táchira ordenó libertad condicional para Angelly.

Cabe resaltar que la joven es hija del expresidente de la Lotería del Táchira, José Pernía, quien se encuentra detenido en la cárcel del estado tras ser acusado por el gobernador José Vielma Mora de estafa y malversación de fondos.

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