Economía

Cómo aprovechar el crédito fiscal al declarar el Islr

Faltan pocos días para que concluya el plazo para que los contribuyentes venezolanos declaren y paguen el Impuesto sobre la Renta, pero aún hay muchos que desconocen cómo llenar la planilla y si tienen o no crédito fiscal. El abogado tributario José Antonio Velázquez de la consultora EY Venezuela explicó que en caso de algún error hay tiempo de solicitar la corrección ante el Seniat.

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Seniat Sambil
FOTO: ARCHIVO | AVN

El próximo 31 de marzo vence el plazo para declarar y pagar el Impuesto sobre la Renta (Islr) y, para este año se debe estar más atento en realizar bien la declaración tomando en cuenta las modificaciones de exoneración que el gobierno ha ejecutado en esta materia.

El presidente Nicolás Maduro publicó un decreto en el cual se establece en su artículo 1, la exoneración del pago del Islr al enriquecimiento neto anual obtenido por las personas naturales residentes en el país, hasta por un monto equivalente en bolívares a 6.000 Unidades Tributarias (UT), lo cual representa una suma de Bs 1.062.000. Como se recordará, el valor de la UT para 2016 es de Bs 177.

Anteriormente, la exoneración aplicaba a aquellos cuyos ingresos anuales eran inferiores a las 3.000 UT (Bs 150 la unidad) , equivalente a  Bs 450.000, medida que se ejecutó a mediados de marzo del pasado año.

En ambas ocasiones, ya muchos contribuyentes habían cumplido con su declaración ante el Seniat, justo antes de la modificación del Ejecutivo.

Al respecto, el abogado tributario José Antonio Velázquez de la consultora EY Venezuela, explicó que el artículo 3 del Decreto presidencial establece que aquellos contribuyentes que ya han realizado su declaración del Islr, antes de la publicación del nuevo instrumento de exoneración, tendrán un crédito a su favor que podrá ser cedido o aplicado al impuesto de ejercicios fiscales posteriores.

Para ello, con la base de exención de 6.000 UT se llena la planilla de declaración tomando en cuenta lo que indica el comprobante de la ARC (Agente de Retención) con respecto a los ingresos anuales, así como sus retenciones (impuesto retenido en el ejercicio) realizadas durante el año.

«Con base al valor de la UT a 177 bolívares, el monto da 1 millón 62 mil bolívares de ingresos anuales. Por lo que aquellas personas por debajo de este monto quedan exoneradas», indicó.

Prosigue Velázquez que al total que muestre la ARC (en ingresos anuales y retenciones) se le resta Bs  1.062.000 y el monto restante es lo que se declara como ingreso ante el Seniat.

En el año 2016, también hubo un cambio en la exoneración justo después de que muchos contribuyentes ya habían declarado y pagado el Islr, por lo que tienen la posibilidad de colocar este año, el monto del crédito fiscal en la planilla. Para ello se coloca el monto de Bs 1.062.000 en la casilla que señala el Decreto de exoneración, que el organismo tributario habilitó en el formulario electrónico de declaración del Islr de las personas asalariadas, para incluir el monto de la renta exonerada.

Aunque no es usual, es posible que algunos datos en la planilla de declaración no concuerden, pero Velázquez destaca que cuando haya algún tipo de error, se puede acudir personalmente al Seniat para solicitar una corrección.

– Contracción –

Con relación al incremento del número de UT para el pago del Islr, es posible que haya aumentado la cantidad de contribuyentes exonerados, pero este dato de acuerdo a José Antonio Velázquez, es difícil de determinar ya que no se cuenta con una cifra oficial de cuál es el salario promedio de los trabajadores.

Resalta que factores como la inflación y el desfase del valor de la Unidad Tributaria, han afectado la recaudación tributaria en términos reales.

«Hay que tomar en cuenta que aunque el monto de los salarios y de los ingresos se ha incrementado nominalmente, la inflación disminuye el poder de compra como contribuyente, lo cual se empeora con el ajuste de la UT por debajo de la inflación», destacó el experto.

Señaló que ha habido una contracción de la recaudación cuando se ajusta por inflación, además es directamente proporcional al decrecimiento de la actividad comercial, lo que genera menos transacciones gravables.

– ¿Nuevos impuestos? –

El Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (ITGF) es uno de los tributos que más complicaciones ha generado a las personas jurídicas, especialmente a los bancos. Este impuesto no solo grava el débito al banco, sino que grava cualquier otro modo de cancelar una obligación financiera.

«Es decir, no tanto las operaciones bancarias sino a todos los débitos que se tengan en la contabilidad, lo cual genera dificultades para una compañía que tenga una gran cantidad de operaciones. El nivel de control sobre ese impuesto es bastante exigente«, dijo Velázquez.

La Declaración Informativa al Patrimonio es otra norma administrativa de la cual se tiene mucha cautela. Existe una providencia que obliga a los contribuyentes especiales a preparar una declaración informativa de sus activos (no así de los pasivos), tales como activos financieros, territoriales y extraterritoriales, inventarios, entre otros.

«La declaración sobre el impuesto al patrimonio es única y extraordinaria, se observa que el organismo tributario busca crear una base de datos sobre los activos de los contribuyentes especiales. El rumor sobre este impuesto es que si el Seniat está solicitando esta información, es porque quizás tiene planteado crear un nuevo impuesto que grave a esos activos».

De acuerdo a las informaciones del ente estatal, se prevé que los contribuyentes deben hacer esta declaración antes del próximo 16 de abril.

«Esto genera una mayor presión sobre los contribuyentes especiales y se trata de una actitud discriminatoria, ya que están siendo sometidos a cumplimiento de deberes formales y a tratamientos tributarios distintos al resto de los contribuyentes. Por otra parte, el Seniat ha calificado como contribuyente especial a personas jurídicas y naturales que no cumplen con el requisito principal de los ingresos por más de 30 mil unidades tributarias anuales«.

El mensaje con respecto a esta declaración informativa es ser sumamente cuidadoso y evaluarla con sus asesores fiscales. «Los errores que se cometan puede costar dinero en el futuro», afirmó Velázquez.

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