La resolución está basada en el artículo 519 de la Ley Orgánica del Trabajo, que establece que el ministerio recabará los datos referidos a la materia de proceso social del trabajo y de seguridad social de todas las entidades de trabajo del país.
Señala la resolución que este registro funcionará de forma automatizada, teniendo carácter único y servirá de base para la constancia de solvencia laboral.
Para inscribirse hay que llenar una planilla electrónica a través del portal web del ministerio del Trabajo, de allí se obtendrá el Número de Identificación Laboral (NIL) emitido a través de certificado electrónico.
Las empresas privadas deben presentar declaraciones trimestrales dentro de los 15 días hábiles siguientes a la culminación de cada período, donde deberán suministrar la información del desarrollo del proceso social del trabajo, condiciones de trabajo, de salud y seguridad laboral, así como los datos de seguridad social.
Las empresas inscritas en el Registro Nacional de Empresas y Establecimientos (RNEE) deberán ingresar al RNET para actualizar sus datos dentro de un lapso de noventa (90) días hábiles, contados a partir de la publicación de la resolución.]]>