Venezuela

La universidad y el poder

La universidad y su autonomía están protegidas por el artículo 109 de la Constitución. Seguir otro curso de acción es amenazarla y violentarla. / Por Francisco Javier Sánchez C.

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Protesta estudiantil. Autonomía Foto: Daniel Hernández
Daniel Hernández / El Estímulo

Sobre la universidad autónoma venezolana pende una espada de Damocles que caería irremediablemente sobre ellas a partir del 27 de febrero del 2020. En agosto de 2019, en plenas vacaciones judiciales, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia -sujeto al Ejecutivo según oenegés que lo monitorean-, dictó la medida cautelar Nº 0324 en la que, incurriendo en ultra petita, es decir, excediéndose de lo solicitado, creó un régimen electoral distinto al contemplado en la Ley de Universidades, usurpando competencias del Parlamento, violando la Constitución que consagra la autonomía universitaria, y decidió que debían convocarse elecciones de autoridades de acuerdo a ese régimen en un plazo de seis meses que acaba de cumplirse; de lo contrario, las autoridades universitarias serían declaradas vacantes y correspondería nombrarlas al Consejo Nacional de Universidades, órgano adscrito a la cartera ministerial de Educación Universitaria. Esto constituye una definitiva amenaza contra las universidades y su autogobierno.

Autonomía garantizada por la Constitución

La autonomía universitaria está protegida por el artículo 109 de la Constitución, según el cual el Estado reconocerá a la universidad como principio y jerarquía que permite a profesores, estudiantes y egresados dedicarse a la búsqueda del conocimiento. Además, es tradición universal la conformación del claustro universitario por tales miembros. Aunque la amplitud de la sociedad universitaria abarca a empleados de diversa naturaleza, sin cuya vital contribución no sería posible el funcionamiento material de ninguna casa de estudios superiores, constitucionalmente el claustro solo puede estar conformado por quieres construyen al saber.

Debido a esta especificidad histórica y constitucional en su conformación, la elección de las autoridades universitarias responde al voto de los miembros de aquel, y no puede extenderse a otros ámbitos. Sin embargo, la composición del claustro que incluya a otros miembros de la comunidad universitaria (y, por tanto, la elección de sus miembros, así como la gobernanza) puede y debe someterse a un extenso y profundo debate universitario. Pero sin que éste se produzca y ofrezca resultados, las normas que regulan tales asuntos no pueden modificarse. Seguir otro curso de acción es amenazar y violentar a la universidad porque se atentaría contra el principio de autonomía que incluye lo académico, lo electoral y la inviolabilidad de su recinto.

Ampliación arbitraria de la base electoral

La amenaza final contra esa autonomía universitaria  surge materialmente cuando las autoridades de las ocho casas de estudio superiores estatales autónomas: la Universidad Central de Venezuela (UCV), de los Andes (ULA), entre otras, y de la privada Universidad Católica Andrés Bello (UCAB), acudieron ante el TSJ en el año 2011 y solicitaron la suspensión de los efectos del artículo 34, numeral 3, de la Ley Orgánica de Educación (LOE-2009), ya que señalaban que modificaba el régimen consagrado en la Ley de Universidades (1970), la específica del sector, y violaba el artículo 109 de la Constitución.

El caso estuvo engavetado hasta que, en una clara acción política en un año en que las fuerzas democráticas han logrado renovar en términos definitivos la lucha contra el totalitarismo, éste rescata el recurso intentado por las universidades y, en un giro rocambolesco, cambia todo el sentido del petitorio y “legisla” por vía judicial, de manera inconstitucional, sobre la elección de las autoridades universitarias.

En definitiva, la Sala Constitucional decidió ampliar la base de electores agregando a empleados administrativos y de servicio; dividió en cinco sectores la sociedad universitaria (docentes, estudiantes, egresados, empleados administrativos y de servicios); estableció el voto paritario para todos los miembros, no ponderado en relación con su vinculación con la universidad; y determinó que los ganadores en una elección de autoridades serán quienes saquen mayoría de votos en tres de los cinco sectores.

Restricciones a la autonomía

Estas circunstancias, sumadas a las restricciones a la autonomía presupuestaria, pues las universidades estatales solo pagan salarios de hambre y no tienen dinero para comedores ni becas estudiantiles, entre otras, permiten ver con claridad y precisión la amenaza que se cierne desde el poder adoctrinador contra la universidad autónoma venezolana. La explicación de este ataque definitivo es que las universidades están abiertas a todas las corrientes de pensamiento, confrontan al poder, (incluso al interno de la institución), generan conocimiento, no están atadas a ninguna parcialidad ideológica, política, religiosa o de cualquier otra naturaleza y, en consecuencia, son un peligro real para el totalitarismo.

Asalto definitivo

Si bien el asalto definitivo a la Universidad ha sido advertido desde hace tiempo, con mayor insistencia desde la ilegal medida del TSJ del 2019, en el seno de las instituciones académicas no parecía haber claridad al respecto, ni acuerdo sobre las formas de abordarlo.

Sin embargo, llegado el día en que la amenaza empieza a concretarse, resurge en las ‘casas que vencen las sombras’ un movimiento que articula a la sociedad universitaria, y ojalá a los demás movimientos sociales venezolanos, para denunciar el zarpazo totalitario, plantar cara al poder y luchar para evitar que la Universidad sucumba ante la barbarie. ¿Se produce a tiempo este movimiento de resistencia y liberador, o por el contrario es tardío?, ¿traspasará el poder líneas rojas contra profesores, estudiantes y trabajadores, violentará el recinto universitario, asumiendo nuevos costos políticos? El desarrollo de los acontecimientos dará la respuesta.

Al ocaso del 27 de febrero se anuncia que la Sala Constitucional suspendió los efectos de la decisión Nº 0324 porque, señala, hay compromiso de las universidades autónomas de renovar sus autoridades cuyo período está vencido, pero de acuerdo a lo ya establecido en la decisión de marras. Parece una jugada del poder dentro de una estrategia mayor, dados los signos puntuales de negociaciones entre diversos sectores políticos. No se desactiva la amenaza.

Siempre hay esperanza en y para el pueblo si es consciente de sus derechos y se empodera, y la universidad es instrumento fundamental para ello. Solo el ímpetu social y pacífico puede evitar la consumación definitiva del drama orwelliano venezolano.

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