Opinión

El informe de la ONU (II): Los lugares de detención, la DGCIM

En este capítulo de su análisis sobre el informe de la ONU, Andrés Cañizález revisa la actuación de la Dirección General de Contrainteligencia Militar, que ha pasado a ser un órgano represivo de Nicolás Maduro

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Estado DGCIM
Imagen de portada: Yiseld Yemiñany

Las siglas de DGCIM han pasado a ser, de forma lamentable, usuales cuando se analiza la crisis de derechos humanos que corroe a Venezuela. La Dirección General de Contrainteligencia Militar ha pasado a cumplir un rol activo como órgano represivo del régimen de Nicolás Maduro. Se trata de un cambio de envergadura en la naturaleza de esta dirección.

La DGCIM tiene un espacio destacado en el contundente informe elaborado por la Misión de Verificación de los Hechos de la ONU. Dado a conocer dos meses atrás, en esta serie de artículos en El Estímulo revisamos aspectos resaltantes de este documento, el cual por su naturaleza podría ser insumo clave para el avance del expediente contra el régimen de Nicolás Maduro ante la Corte Penal Internacional, dados los indicios de que en el país se han cometido crímenes de lesa humanidad.

A partir de 77 casos de detenciones y torturas en las instalaciones de la DGCIM, el informe de la ONU pudo establecer algunos patrones. Algo común, entre lo que se reporta de esta dirección y del Servicio Bolivariano de Inteligencia (SEBIN), es que ambos cuerpos proceden a realizar detenciones sin tener una orden judicial previa. Primero se detiene a las personas, sean civiles o militares, se les somete a torturas y hasta desaparición forzada durante horas o días, y una vez que se ha obtenido una “confesión” se procede a cumplir con la formalidad que establecen Constitución y leyes venezolanas.

Un aspecto que diferencia a la actuación de ambos órganos represivos, según la documentación que consolidó la misión, está en la existencia de lugares clandestinos de detención. La DGCIM usa varios lugares, diferentes a sus instalaciones oficiales, para llevar a venezolanos procesados por su filiación política o por sus actividades contrarias al régimen de Nicolás Maduro.

“Los arrestos de la DGCIM siguieron patrones similares. Tuvieron lugar durante el día, ya sea en el lugar de trabajo del detenido o en la base militar o en las instalaciones de la DGCIM, en ocasiones después de que el detenido fuera convocado a una reunión”, reza el informe. Ocurre esto: Sin tener conocimiento de que hay una acusación en su contra la gente es citada a una reunión y en connivencia con sus superiores o supervisores se les pone en detención.

Como señalamos antes, lo habitual es llevarse a las personas sin una orden judicial de detención. Los funcionarios, por lo general, usan pasamontañas. En no pocos casos, antes de llevarlos a la sede oficial de la DGCIM, mantuvieron a los detenidos en lugares clandestinos durante horas o días.

Discursivamente, y esto lo acota la Misión de Verificación, autoridades gubernamentales de alto nivel se refirieron luego a las detenciones. Al ocurrir estás de forma arbitraria, termina siendo obvio que la arbitrariedad fue ordenada desde el alto gobierno. No hay indicios de que la DGCIM, por ejemplo, actué de forma autónoma o haga detenciones por accidente.

Entre los representantes del Gobierno que formularon declaraciones reforzando el rol de la DGCIM en este tipo de detenciones figuran el presidente Nicolás Maduro, los ministros Néstor Reverol y Vladimir Padrino López, el vicepresidente Jorge Rodríguez y el presidente de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), Diosdado Cabello.

En su labor de verificación de los hechos, la misión de la ONU tuvo conocimiento de seis lugares de detención clandestinos o no-oficiales a cargo de la DGCIM: 1) Un sitio en San Bernardino cerca de Crema Paraíso, en Caracas; 2) Una casa en el área de Bello Monte de Caracas; 3) Una casa en la urbanización San José en el Fuerte Tiuna o cerca, en Caracas; 4) Un sitio en el Fuerte Tiuna donde el Ministerio de Defensa y el Comando del Ejército tienen su sede; 5) Un sitio comúnmente conocido como Sorocaima o La Mariposa en la zona militar de San Antonio de Los Altos en el Estado Miranda; y, 6) Una ubicación en la zona montañosa del municipio de El Hatillo, estado Miranda.

En los 77 casos recopilados en el informe, de personas detenidas por la DGCIM, en todos ocurrieron torturas. “Los actos de tortura se produjeron generalmente durante los interrogatorios, poco después del arresto mientras los detenidos estaban incomunicados y antes de la audiencia de presentación. Algunos detenidos también fueron torturados durante períodos posteriores de detención en Boleíta”, sostiene el documento.

En las instalaciones de la DGCIM y sus centros clandestinos de detención tienen lugar este tipo de torturas o malos tratos: 1) Golpes fuertes con bastones y objetos afilados, dejando marcas visibles, huesos rotos y órganos dañados; 2) Esposas excesivamente apretadas que provocan cortes en las muñecas; 3) Asfixia con sustancias tóxicas y en agua; 4) Posiciones de estrés conocidas como “el pulpo” y “las crucifixiones”; 5) Condiciones de luz constante, aislamiento en cuartos oscuros durante días, así como la prohibición del uso o el acceso a los baños; 6) Violencia sexual y basada en género, incluyendo desnudez forzada, amenazas de violación y violación; 7) Choques eléctricos en partes sensibles del cuerpo, incluyendo los órganos genitales; y, 8) Privación de comida y agua, tener que recoger la comida del piso sin ningún tipo de cubiertos o platos, así como la alimentación forzada de heces.

El informe recopila casos atroces tal como el de una mujer detenida, que fue golpeada a pesar de haber dicho a los oficiales que estaba embarazada: Ella luego sufrió un aborto espontáneo. O militares varones violados o amenazados con violación sexual como una manera de humillarlos o degradarlos.

Los oficiales de la DGCIM sometieron a los detenidos a una práctica que llamaron “dar la teta”, durante la cual golpeaban a los detenidos con un bastón, con la palabra “teta” escrita sobre el bastón. La ola de tortura se ha extendido a las parientes femeninas de los reclusos. Estas son llevadas a casas clandestinas para ser agredidas sexualmente y/o torturadas con asfixia, golpes y descargas eléctricas.

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