Economía

Personas naturales podrán demandar hasta €420 trimestrales en el nuevo Dicom

La semana próxima se convocará la primera subasta del nuevo Tipo de Cambio Complementario Flotante de Mercado (Dicom), informó Pedro Maldonado, presidente del Comité de Subastas del Banco Central de Venezuela (BCV).

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Nuevo Dicom
Foto: Twitter | BCV

El registro –que se abrió este jueves 25 de enero– es similar al que existía con el Dicom que deroga el Convenio Cambiario N°39 que será publicado en Gaceta Oficial el viernes 26 de enero, indicó Maldonado.
En el sistema de oferta y demanda no participará el BCV, es decir, el gobierno no colocará divisas en este mecanismo que se ceñirá a los particulares, sean personas jurídicas o naturales. «Será un mercado privado de divisas», dijo.
El sistema bloquea previamente de manera momentánea los montos en las cuentas para validar que los fondos tanto del lado del ofertante como del demandante para que al momento de correr la subasta los partes queden satisfechas.
A diferencia del mecanismo que fue suspendido en septiembre de 2017 tras tres meses de funcionamiento, en el nuevo Dicom no habrá subasta de contingencia.
Las personas naturales podrán negociar hasta 420 euros o su equivalente en otra divisa, cada trimestre o 1.680 euros al año.
Las personas que se encuentran en el territorio nacional pueden dirigirse a las casas de cambio autorizadas (Italcambio, Grupo Zoom y Angulo López).
«Usted puede ir con un billete de moneda extranjera y solicitar que le sea cambiado por bolívares al tipo de cambio que rija para ese momento y si posee una cuenta en divisas en el sistema financiero nacional puede colocar una postura de oferta de divisas en el Dicom», señaló.
Las personas no domiciliadas en Venezuela pueden enviar las remesas que requieren sus familias a través del esquema a nivel mundial de casas de cambio y remesadoras, precisó.
Maldonado sostuvo que este sistema es el mecanismo para que los exportadores vendan el 80% de las divisas (Convenio Cambiario N°34) para pagar sus compromisos en el país.
Las empresas podrán demandar hasta 340.000 euros mensuales o su equivalente en otra moneda extranjera, con la limitación del 30% del ingreso bruto promedio mensual actualizado declarado en el Impuesto sobre la Renta en el ejercicio fiscal inmediatamente anterior.

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