Economía

Expiró el Decreto de Emergencia Económica ¿Para qué sirvió?

El Decreto de Emergencia Económica cerró su periodo de vigencia acusado de no haber logrado nada más que limitar las atribuciones de la Asamblea Nacional sobre la economía; sin embargo, diputados de la oposición no descartan que, con ayuda del Tribunal Supremo de Justicia, pueda solicitarse la aprobación de un nuevo recurso con objetivos similares.

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Con la promesa de que conceder poderes especiales al Ejecutivo agilizaría la resolución de la crisis económica y con el aval del máximo tribunal de la nación, el Decreto de Emergencia Económica, que entró en vigencia en enero, quedó sin efecto este lunes en medio de la mirada decepcionada de 73,8% de la población, según Venebarómetro.

La Emergencia Económica constituye un tipo de estado de excepción contemplado en la Constitución que otorga al Ejecutivo poderes especiales para atender una situación crítica. El solicitado por el presidente Nicolás Maduro el 15 de enero de este año y que fue negado por la Asamblea Nacional, permitía al mandatario disponer de recursos públicos, bienes y mercancías de empresas privadas para garantizar el abastecimiento y, además, restringir el sistema monetario y el acceso a la moneda.

Algunos expertos calificaron el Decreto de «genérico», pues no delimitaba claramente las funciones del Ejecutivo en la materia ni los criterios que regirían sus decisiones.

Sin embargo, ahora que venció el plazo de su aplicación, tras una prórroga de 60 días, lo que más se cuestiona son sus efectos (o la ausencia de ellos). «Lo que hizo fue agudizar la crisis, porque los controles que se anunciaron no ayudaron en nada», dijo a El Estímulo el diputado Stalin González.

Durante la vigencia del Decreto, los reportes de analistas sobre inflación y escasez, así como las recurrentes noticias sobre paralización de plantas industriales por falta de materia prima, solo muestran la profundización de la crisis en los últimos cinco meses. Medidas emprendidas al respecto por Maduro, como la activación de los motores económicos, no requieren de poderes especiales conferidos por la Emergencia Económica.

– Entonces, ¿para qué sirvió? –

Algo en lo que sí fue exitoso el Decreto, prorrogado por 60 días el 11 de marzo, fue en reducir las atribuciones del Legislativo en las finanzas del país y restringir el control que el Parlamento puede ejercer sobre el Poder Ejecutivo, coincidieron varios diputados consultados por El Estímulo. 

Entre estas acciones figura la prohibición de las mociones de censura, como la que fue aprobada contra el ministro de Alimentación, Rodolfo Marco Torres por ser considerado políticamente responsable de la crisis alimentaria. Luego de desacatar la medida y ser emplazado por el Parlamento a cumplir con su destitución, Maduro dictó un decreto que difiere este tipo de recursos contra su gabinete mientras dure la Emergencia Económica, anulando así la potestad de la AN de pedir la remoción de alguno de los miembros del tren ejecutivo.

Otra atribución otorgada por el Decreto que el gobierno explotó al máximo fue la aprobación de recursos sin la autorización ni control del Legislativo. Un conteo del Observatorio de Gasto Público de Cedice Libertad reveló que Maduro aprobó Bs 121 mil millones en el marco del Decreto. A esto se le suman los Bs 145,5 mil millones que aparecieron en la Gaceta Oficial Extraordinaria número 6.226, fechada el pasado jueves, para cubrir el gasto en sueldos del sector público durante el mes de mayo.

También destaca la autorización del valor de la unidad tributaria de Bs 177 que regirá durante todo 2016 , muy por debajo de lo que arroja un correcto ajuste por inflación. Normalmente, esta tarifa, que rige tanto impuestos como trámites administrativos, es aprobada por la Comisión de Finanzas de la AN y, posteriormente, recibe el visto bueno de la plenaria. Sin embargo, el Seniat ignoró la normativa vigente y, en el marco de la Emergencia Económica, se aprobó  el nuevo valor de la UT.

El diputado Elías Matta dijo a El Estímulo que otro de los efectos del Decreto fue el de permitir la aprobación de acuerdos con empresas internacionales sin que hayan sido discutidos por la Asamblea Nacional. Recordó la venta de acciones de Petromonagas, en la Faja del Orinoco, a la petrolera Rosneft, ahora propietaria de 40% del proyecto.

– ¿Se vale repetir? –

Si bien la Constitución es clara y en su artículo 338 permite solo una prórroga por 60 días del Decreto de Emergencia Económica, desde la Asamblea Nacional temen que la Sala Constitucional del TSJ actúe de nuevo en favor del Ejecutivo y sentar las bases legales para la solicitud de un nuevo recurso.

Los parlamentarios Stalin González y Elías Matta no descartan esta posibilidad, pero los diputados José Guerra y Juan Miguel Matheus consideran que jurídicamente esto no es factible.

Matheus explicó a El Estímulo que el espíritu del constituyente es que los estados de excepción, como técnicas limitadas de restricción de garantías, sean «un recurso extraordinario que excepcionalmente puedan ser prorrogables».

«Tiene que interpretarse en el ámbito económico un decreto de estado de excepción con una prórroga, 60 días y 60 días, con lo cual Nicolás no tendrá más poder, a menos que lo diga la Sala (Constitucional) pronto, pero jurídicamente, no», expresó.

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