Venezuela

Estado de Excepción pone a Maduro por encima de toda Venezuela

La sentencia del Tribunal Supremo de Justicia que “Ordena” al presidente de la República a aplicar el estado de Excepción en toda Venezuela supone otorgarle a Nicolás Maduro poderes supremos con el argumento de defender la seguridad nacional, según la letra de la Ley.. La sentencia del TSJ emitida este martes, -que elimina la inmunidad de los diputados para juzgar por traición a la patria a los que votaron a favor de la aplicación de la Carta Democrática contra el gobierno de Maduro- además otorga más poderes al jefe de Estado, según juristas.

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Nicolás Maduro en el TSJ

“Se ORDENA al Presidente de la República Bolivariana de Venezuela que proceda a ejercer las medidas internacionales que estime pertinentes y necesarias para salvaguardar el orden constitucional”, dice la sentencia en una aparente movida en dirección a retirar a Venezuela de la OEA.

“…Así como también que, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y para garantizar la gobernabilidad del país, tome las medidas civiles, económicas, militares, penales, administrativas, políticas, jurídicas y sociales que estime pertinentes y necesarias para evitar un estado de conmoción; y en el marco del Estado de Excepción y ante el desacato y omisión legislativa continuada por parte de la Asamblea Nacional, revisar excepcionalmente la legislación sustantiva y adjetiva (incluyendo la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, la Ley Contra la Corrupción, el Código Penal, el Código Orgánico Procesal Penal y el Código de Justicia Militar –pues pudieran estar cometiéndose delitos de naturaleza militar-), que permita conjurar los graves riesgos que amenazan la estabilidad democrática, la convivencia pacífica y los derechos de las venezolanas y los venezolanos”, agrega la sentencia.

En días previos los más altos representantes del gobierno y del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) que además controla al Poder Judicial dijeron que juzgarían a los diputados opositores  como traidores de la patria y les achacan la intención de propiciar una invasión de tropas extranjeras sobre Venezuela. La Carta Democrática, según esta visión del chavismo, apenas serviría de  excusa para esta supuesta acción que según la cúpula chavista estará encabezada por Estados Unidos.

La sentencia de este martes 28 de marzo se fundamenta «de conformidad con la letra y el espíritu de los artículos 15, 18 y 21 de la Ley Orgánica Sobre Estados de Excepción vigente”.

Los artículos expresamente citados en la sentencia señalan lo siguiente:

Artículo 15. «El Presidente de la República, en Consejo de Ministros, tendrá las siguientes facultades: a) Dictar todas las medidas que estime convenientes en aquellas circunstancias que afecten gravemente la seguridad de la Nación, de sus ciudadanos y ciudadanas o de sus instituciones, de conformidad con los artículos 337, 338 y 339 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela”. b) «Dictar medidas de orden social, económico, político o ecológico cuando resulten insuficientes las facultades de las cuales disponen ordinariamente los órganos del Poder Público para hacer frente a tales hechos».

Artículo 17. «Decretado el estado de excepción, toda persona natural o jurídica, de carácter público o privado, está obligada a cooperar con las autoridades competentes para la protección de personas, bienes y lugares, pudiendo imponerles servicios extraordinarios por su duración o por su naturaleza, con la correspondiente indemnización de ser el caso».

Artículo 18. «El incumplimiento o la resistencia a la obligación de cooperar establecido en el artículo anterior, será sancionado con arreglo a lo dispuesto en las respectivas leyes. En todo caso, si estos actos fuesen cometidos por funcionarios, las autoridades podrán suspenderlos de inmediato en el ejercicio de sus cargos y se notificará al superior jerárquico, a los efectos del oportuno expediente disciplinario. Cuando se trate de autoridades electas por voluntad popular, se procederá de acuerdo con lo contemplado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en las leyes». Artículo 21.

El decreto que declare el estado de excepción suspende temporalmente, en las leyes vigentes, los artículos incompatibles con las medidas dictadas en dicho decreto. En nuestro país estamos transitando el camino las arena movedidas del totalitarismo a la dictadura», dijo el sacerdote jesuita Alfredo Infante, del Centro Gumilla. Ya el discurso de Maduro en enero estaba en esa línea, afirmó.

El también  sacerdote Arturo Peraza, doctor en Ciencias Políticas por la UCAB y superior de la Compañía de Jesús en Venezuela, también había advertido en enero que Maduro venía por este camino. «Estamos frente a una tiranía y faltaban algunos pasos para poder decir que se trataba de una dictadura descarada. Este era uno de los puntos que señalaba como necesarios para definir el régimen como una simple dictadura sin necesidad de tener que dar mayores explicaciones. E suspender al parlamento, amenazar o detener a diputados, es claramente un acto de una dictadura sin necesidad de tener que hacer ningún ejercicio para explicar qué se trata exactamente», señaló.

El general de división retirado, abogado y profesor de la Universidad Santa María Enrique Prieto Silva objetó que  los estados de excepción no se deben aplicar en directo por parte del Ejecutivo, de acuerdo  con la Constitución Nacional. «Se decretan y debe ser aprobado por la AN si lo considera procedente. Con este régimen dictatorial del Ejecutivo y el TSJ se aplica una aprobación inconstitucional sin validez. En la dictadura actual el TSJ ha asumido el rol de la AN y lo aprueba sin tener facultad para ello», dijo.

El también abogado Alejandro González V, especialista en derecho público, observó que  en la teoría constitucional, «se entiende al estado de excepción, como una dictadura constitucional. Un régimen de excepción (temporal) para hacer frente a una situación de emergencia o crisis, en la queciertas garantías constitucionales pueden ser «restringidas», mientras dura la excepción. Debe ser notificada a órganos supranacionales.» y aprobada por el parlamento.

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