Venezuela

Excarcelado el hombre detenido por cuestionar a Omar Enrique en TikTok

A pesar de las irregularidades en su detención y en las audiencias ante dos tribunales diferentes, José Pérez fue liberado pero bajo régimen de presentación y con restricciones a sus derechos de expresión y circulación. En un video colgado en TikTok criticó los "privilegios" de la hija del cantante vinculado con el oficialismo

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La ONG Espacio Público informó este sábado que fue excarcelado José Pérez, un ciudadano que pasó 20 días detenido «por criticar a la hija de un oficialista en la red social TikTok». Pérez grabó un video en el que cuestionó los privilegios de la hija del cantante Omar Enrique y sus vínculos con las cúpulas del chavismo y el sábado 28 de febrero fue detenido por agentes del Cicpc, sin que pesara sobre él ninguna orden de captura y bajo la excusa de llevarlo a declarar.

La excarcelación es apenas una medida que no implica su libertad plena: Pérez no puede dar declaraciones sobre su caso, tiene prohibición de salida del país y debe presentarse ante las autoridades cada 15 días.

Pérez -de acuerdo a la ONG- fue presentado dos veces en tribunales, lo que constituye una irregularidad importante: el 1 de marzo ante el Tribunal Segundo de Caracas, donde le imputaron el delito de injuria y difamación y se ordenó que quedara bajo régimen de presentación a partir del 5 de marzo. Pero en otra audiencia, ante el Tribunal 42 de Control de Caracas, le imputaron el delito de «instigación al odio», según la Ley Contra el Odio y revelación de data personal, estipulado en la Ley Especial de Delitos Informáticos.

En un comunicado, Espacio Público recuerda lo que establece el Artículo 49, numeral 7, de la Constitución de Venezuela, establece en su numeral 7: “Ninguna persona podrá ser sometida a juicio por los mismos hechos en virtud de las cuales hubiese sido juzgada anteriormente». Y dice: «el caso de José Pérez es violatorio al principio de inadmisibilidad de la persecución penal múltiple. Se considera múltiple porque es la imputación de los hechos en dos tribunales diferentes.

El Código Orgánico Procesal Penal en su artículo 20 establece en su encabezado que nadie debe ser perseguido por la misma causa más de una vez. Lo establece para garantizar el proceso penal del individuo.

Entonces, tomando en cuenta estos derechos y uno de los principios del derecho procesal; el Estado venezolano no puede procesar por los mismos hechos ni en simultáneo o sucesivo a una persona».

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