Economía

Lo que debe saber sobre la nueva norma para viajeros y cupo electrónico

El Ministerio de Economía y Finanzas publicó en Gaceta Oficial N° 40.636 la providencia del Cencoex mediante la cual se establecen los requisitos, controles y trámites para la solicitud de autorización de adquisición de divisas destinadas al pago de consumos en el exterior.

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– El monto anual se mantiene en $3.000, pero la cantidad asignada por viaje según el destino y estadía se reduce hasta 3 veces como en el caso de México que de un máximo de $2.500 ahora solo se aprobará $700 para 15 días. El máximo por viaje es de $2.000, antes era de $3.000.

– Los $2,500 liquidados para cualquier región de Estados Unidos (excepto Florida para el que aplicaban $700) fueron reducidos a $700.

– El tipo de cambio aplicable para las operaciones establecidas en esta providencia, será el resultante de la última asignación de divisas realizada a través del Sistema Complementario de Administración de Divisas (Sicad) para el momento del posteo de la operación. Hasta ahora es de Bs 12.

– Las solicitudes de divisas para viajeros sólo se podrán tramitar a través de operadores autorizados de la banca pública (art 5).

– La norma no incluye a personas adultas para la solicitud de efectivo que hasta ahora estuvo entre $300 y $500. Solo considera el trámite para menores de edad y el monto es de $300 dólares en efectivo anuales cuando el destino sea Belice, Colombia, Guyana, Panamá, Costa Rica, Perú, Estados Unidos, México, y otras islas del Caribe, excepto los miembros del ALBA. Los $500 dólares serán otorgados a todos los demás países.

– El tipo de cambio en el casi de la adquisición de divisas en efectivo, será el resultante de la última asignación de divisas realizada a través del Sistema Complementario de Administración de Divisas (Sicad) para el momento en que el Banco Central de Venezuela liquide al operador cambiario.

–  Los avances de efectivo con tarjetas de crédito tendrán un tope de $200 por viaje, eliminando la posibilidad de hacer retiros mensuales por una cantidad equivalente a 10% del cupo aprobado.

– El cupo electrónico se mantiene en $300 anuales, pero su uso se hará de manera fraccionada: $100 cada cuatrimestre.

– La norma elimina la exigencia del Registro de Información Fiscal para solicitud de divisas para cupo de viajero y cupo electrónico.

– Los usuarios que soliciten divisas para consumos en el exterior y deban sustituir su operador cambiario por una institución bancaria del sector público no le será exigible la antigüedad de seis meses a la que hace referencia el art 23 de la providencia.

– Las solicitudes de divisas que se hayan consignados ante el operador cambiario con fecha anterior a la fecha de la providencia y el estatus sea de recibido por el banco, se regirán por las condiciones, requisitos y trámites previstos en la providencia 125 publicada en enero de 2014.

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