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¿Quién debe quedar al mando de la FVF?

Entre las dudas que ha dejado el fallecimiento de Jesús Berardinelli el pasado 5 de agosto está la pregunta obvia: ¿quién asumirá el timón de la Federación Venezolana de Fútbol? La respuesta a eso hay que buscarla en la norma: el abogado Antonio Quintero lo explica aquí

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FVF

Luego del fallecimiento del presidente encargado de la Federación Venezolana de Fútbol, la pregunta que queda en el aire es: ¿y ahora quien conducirá la FVF?

La respuesta es muy clara y está en el artículo 73 de los estatutos de la FVF que indican lo siguiente:

ARTÍCULO 73: Si el Presidente del Consejo Directivo cesa definitivamente o está impedido para ejercer sus funciones oficiales el Vicepresidente primero lo suplirá hasta la finalización del periodo correspondiente.

Si el Vicepresidente primero del Consejo Directivo cesa definitivamente o está impedido para ejercer sus funciones oficiales, la Asamblea General elegirá a un nuevo Vicepresidente, en el transcurso de los noventa (90) días continuos después de ser decretada su falta absoluta.

En el caso de ausencia definitiva del Presidente y Vicepresidente primero, en forma simultánea, se convocará a una Asamblea General conforme a lo previsto en el presente Estatuto, para cubrir sus vacantes.

Las faltas absolutas, temporales y accidentales de los demás miembros del Consejo Directivo serán suplidas por los miembros de esta en orden ascendente concordante con su posición jerárquica. En caso de falta absoluta, agotados los miembros suplentes, el Consejo Directivo designará el miembro suplente accidental, hasta que sea electo en Asamblea General quien supla la vacante.

Aunque la redacción del artículo es un poco extraña, en el caso que se presenta actualmente es muy claro. El primer párrafo del artículo es para la ausencia absoluta del presidente nada más, ergo no es aplicable. El segundo párrafo es sobre la ausencia del vicepresidente nada más, ergo tampoco es aplicable. El cuarto párrafo es para las ausencias de los otros cargos que no sean el presidente y el vicepresidente primero, ergo no es aplicable.

El único aplicable a la situación actual es el párrafo tercero.

Siguiendo esta línea de pensamiento, ese párrafo tercero indica que cuando hay ausencias absolutas al mismo tiempo del presidente (Laureano González, cuya renuncia se hizo efectiva el 3 de abril del año 2020) y del vicepresidente primero (Jesús Berardinelli, fallecido el 5 de agosto del 2020), se debe convocar a una Asamblea General para cubrir sus vacantes.

¿Cómo se cubren las vacantes?

Cómo lo decida la asamblea, ya que está en su potestad nombrar a dos personas que cubran los cargos hasta que termine el período.

¿Qué pasa si no se sigue lo que está en los estatutos?

Cualquier nombramiento contrario a los Estatutos de la FVF, produce los siguientes efectos:

Nulidad: Es susceptible de nulidad absoluta, es decir entender como si el acto nunca ha pasado ya que es contrario a la norma. Además, se puede hacer una demanda para reestablecer la situación.

Desconocimiento: Si alguien es nombrado fuera de lo establecido en los Estatutos de la FVF la

CONMEBOL y la FIFA pueden no reconocerlo en su puesto haciendo que la FVF se quede sin representante en estos órganos.

Sanción: Dependiendo de cómo se haga el nombramiento contrario a los estatutos puede haber lugar a una sanción de la FVF o de la FIFA.

¿Debe ser alguien del actual consejo directivo?

No están obligados a elegir a nadie del consejo directivo. Lo que sí es necesario es que debe ser una persona que pueda ejercer completamente el cargo. Es decir, sin restricciones o sanciones frente a ningún órgano u organización.

¿Cuánto durarán estas personas en el cargo?

Durarán hasta que cese el período, que será hasta 31 de marzo del año entrante. Quizás se tendrán que extender las funciones en virtud de la pandemia.

¿Quién maneja la FVF mientras se eligen estas personas?

Aunque solemos pensar que en la FVF todo recae en el presidente, en verdad la instancia que dirige a la FVF es el consejo directivo, que está conformado por quince personas. En este momento hay la ausencia absoluta de dos personas, sin embargo, hay otros trece miembros de esa directiva. Son esas trece personas las que deben seguir tomando las decisiones importantes por la FVF de acuerdo a lo que diga la mayoría. Ellas pueden suplir las funciones del presidente en mayoría. Son el órgano superior al presidente. Además, hay que indicar que cada una de las trece personas tiene atribuciones que deben seguir cumpliendo.

¿Nos puede intervenir o desafiliar (suspender) la FIFA?

Hay algunos elementos que pudieran hacer que la FIFA nos intervenga, ya que hay una situación un poco de emergencia en la FVF. Es una decisión de la FIFA intervenir o no de acuerdo a cómo vea la situación.

La desafiliación (suspensión es su término legal), se ve más lejana ya que últimamente no se aplica con tanta frecuencia como antes. Sin embargo, hay algunos hechos, como la demanda de los miembros de la Cámara de Resolución de Disputas que pudieran hacer que se diera. No obstante, es poco probable, ya que ha pasado suficiente tiempo desde que ocurrió esto y FIFA no se ha pronunciado al respecto. En conclusión, es poco probable.

La situación que vive la FVF es caótica por todos lados, esperamos que pronto los involucrados se pongan de acuerdo para que el fútbol siga adelante.

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