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Renuncia de Peseiro: todas las consecuencias legales del caso

Desde este año, la FIFA ha codificado las normas que rigen la contratación y el despido de entrenadores en el anexo 8 al Reglamento sobre Estatuto y Transferencia de Jugadores de la FIFA. ¿Cómo afecta esto a la Federación Venezolana de Fútbol y su relación con el ahora extécnico de la Vinotinto? En estas líneas lo respondemos

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Parece que nada ha cambiado. Es la tercera vez seguida que sucede en la FVF, que un director técnico sale de forma intempestiva, cortando un ciclo, donde se ha invertido mucho. Primero fue  Noel Sanvicente, luego Rafael Dudamel y ahora José Peseiro. Detrás de todas las salidas, siempre han sido acusados problemas con la FVF. Contextos y personas distintas, pero resultados similares, con una misma consecuencia: el daño al fútbol venezolano.

Cuando se corta un ciclo, se pierde la inversión a menos que se traiga alguien que continúe la obra de la mejor manera. Y reconstruir relaciones, aprendizajes, todo eso tiene un costo. Uno de esos costos son las consecuencias legales, las cuales explicaremos a continuación:

Desde este año la FIFA ha codificado las normas que rigen la contratación y el despido de entrenadores en el anexo 8 al Reglamento sobre Estatuto y Transferencia de Jugadores de la FIFA. Procedemos a responder algunas preguntas al respecto.

¿Le aplica a José Peseiro este reglamento?

Sí, ya que se trata de un entrenador de nacionalidad distinta a la nacionalidad de la federación que lo emplea. Es decir, solo aplica para entrenadores que no son nacionales del país donde se les emplea, sino que son expatriados. Además, se reconoce que alguien legalmente es un entrenador, ya que su trabajo consiste en seleccionar jugadores, o entrenarlos o hacer cambios tácticos durante partidos y competiciones. También un entrenador es el que tenga licencia de entrenador como tal, válida de forma continental o nacional.

¿Puede José Peseiro renunciar a la Selección Nacional por falta de pago?

Sí. Cuando a un entrenador no le pagan dos meses, puede dar un plazo de 15 días para que le cancelen lo adeudado. De no cumplirse, puede terminar el contrato sin consecuencias. Las decisiones reiteradas de la Cámara de Resolución Disputas de FIFA, respecto a jugadores en situaciones similares, han indicado que estos 15 días no son necesarios en momentos de incumplimientos graves. Y un impago de 14 meses de acuerdo a lo denunciado por el ex seleccionador parece ser bastante grave.

¿Cuáles son las consecuencias de que José Peseiro haya renunciado por esa deuda tan fuerte?

La consecuencia es que hay que pagar primero lo adeudado y segundo una compensación por despido sin una causa legal válida.

¿Despido? Pero si Peseiro renunció ¿por qué se considera despedido?

La FIFA ha considerado que cuando un entrenador o jugador, dejan a un club o a una asociación por una causa justificada, entonces para el entrenador o jugador se considera que han dejado legalmente a la institución. Por el contrario se considera que el club o la asociación ha violado el contrato. Ergo, debe pagar una indemnización más lo adeudado.

¿Cuánto sería la indemnización a Peseiro?

No sabemos con exactitud ya que desconocemos el contrato. Pero el monto a pagar por la FVF debe incluir lo siguiente:

Primero: Salarios adeudados. Esto es sí o sí. Nadie puede renunciar a su salario, especialmente en Venezuela. Y a Peseiro le aplica la Ley Órganica del trabajo, los Trabajadores y las trabajadoras, cómo ya dictaminó el caso de Daniel Febles contra Carabobo en el TAS con la nomenclatura TAS 2020/A/6895.

Segundo: A Peseiro se le debe pagar el resto del contrato, sino consigue trabajo, durante el tiempo para que iba a estar contratado. Si consigue trabajo, durante ese periodo, se le restará el salario que iría a percibir por ese tiempo, al que debía recibir de FVF. Esto fue lo que ocurrió en el caso de Jesús “La Pulga” Gómez  vs Estudiantes de Mérida FC en el TAS con la nomenclatura CAS 2020/A/6698. Allí al jugador le restaron al resto del contrato, el salario con el nuevo equipo  y terminó en una reducción bastante considerable de la indemnización.

Tercero: Se podrá dar una indemnización extra de tres a seis meses más al entrenador, cuando el contrato se termine por deudas de salarios graves. Eso si, estos tres a seis meses, solo se pueden dar, cuando no excedan el valor del resto del contrato. Es decir, solo se entra a la discusión de esta indemnización extra, cuando el entrenador, ha conseguido un nuevo contrato de trabajo en el mismo período que debía prestar servicios a FVF. Es decir, a la operación resto del contrato- menos nuevo contrato, se le suma más gravedad de la violación al contrato.

Cuarto: A nuestro entender, al entrenador también le tocarían los conceptos de utilidades, vacaciones, bono vacacional y prestaciones sociales establecidas en la LOTTT, como dictaminó el caso de Daniel Febles contra Carabobo en el TAS con la nomenclatura TAS 2020/A/6895. Allí se estableció, que se debía pagar las prestaciones sociales en todos los casos. Las utilidades y el bono vacacional se pagan siempre que no estén incluidas en el salario. Las vacaciones, no fueron discutidas, pero se entiende que sino fueron disfrutadas, deben pagarse.

¿Pero Peseiro es un trabajador o un prestador de servicios para que le den los beneficios de la LOTTT?

Es una discusión interesante, que pudiera bajar la compensación pero nuestra LOTT indica que los entrenadores y jugadores son trabajadores del deporte. Por supuesto, para determinarse correctamente cualquier tribunal debe aplicar el test de laboralidad, que es un análisis de todas las características del servicio o trabajo que lleva a cabo el entrenador para la FVF. Solo luego de este análisis se puede decir con certeza. Para nosotros sería muy complicado dar una respuesta ahorita sin datos.

¿Qué pasa si no le pagan a Peseiro?

En una primera fase se le puede poner a la FVF una advertencia, una reprimenda o una multa. Luego si el ex seleccionador demanda y gana e igual no pagan, le darán 45 días a la FVF para pagar y de no hacerlo paralizarán las cantidades de dinero que la FIFA entrega normalmente a la FVF, mediante el proyecto forward (que incluye ayudas para viajes y equipamiento, ayudas al fútbol femenino, ayudas a 10 proyectos anuales, ayudas para el mantenimiento del día a día de la FVF, y las peticiones para proyectos especiales de construcciones de estadios, sedes y campos de entrenamiento).

Finalmente, solo resta decir, que agradezco todo lo que hizo por nosotros al profesor José Peseiro. Extrañaré mucho su sinceridad, algo a veces raro. Por otro lado, no importa si traen al mejor entrenador que a usted se le pueda ocurrir o el que mas le guste, si la FVF no cambia y continua el mismo ambiente, el resultado tarde o temprano será el mismo.

Antonio Quintero es abogado de la UNIMET, con LLM en Derecho Internacional del Deporte por el ISDE en España y Miembro del Escritorio Jurídico Carrero y Quintero: Justicia Deportiva.

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