Opinión

Y las medidas laborales ¿para cuándo?

En Venezuela, las medidas extraordinarias para proteger a los trabajadores y empresarios, brillan por su ausencia. Ya se van a cumplir 3 meses desde el primer e inefable decreto mediante el cual el régimen venezolano declaró el Estado de Alarma y las medidas siguen sin aparecer. Por Gustavo Saturno

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Salario universal

La pandemia por el coronavirus ha significado, ante todo, un riesgo para la vida y la salud de las personas. Por eso, las medidas más importantes que se han tomado en estos tiempos, han sido, indudablemente, las que involucran a la sanidad y a la medicina.

En efecto, en los países con mejor desempeño frente a la pandemia, las acciones han sido lideradas por los ministerios o secretarías de salud, y no por los despachos de economía o trabajo, porque cuando está en riesgo la vida de un individuo o, peor aún, la de una comunidad entera, todos los demás asuntos pasan a un segundo plano.

Además, un manejo sanitario óptimo de la pandemia, favorece también a la economía y a las relaciones laborales. Prueba de ello son las experiencias de Alemania, Nueva Zelanda, Taiwán y Finlandia (por cierto, todos países que tienen en común el estar liderados por una mujer).

Sin embargo, es innegable que el coronavirus, además de amenazar nuestras vidas, ha venido a comprometer, también, nuestros medios de producción y de subsistencia, lo que a la larga se podría convertir igualmente en una amenaza para la vida misma.

En Estados Unidos, por ejemplo, la tasa de desempleo, en abril, alcanzó el 14,7%, estimándose que podría llegar a 25% al final del año; una cifra que jamás imaginamos ver en la primera potencia del mundo.

Por eso, frente a los efectos colaterales de las medidas sanitarias y de confinamiento, la mayoría de los países han intentado tomar acciones extraordinarias en materia económica y social, mediante las cuales se busca aminorar los daños de la pandemia.

Colombia, por ejemplo, en el marco del Programa de Apoyo al Empleo Formal, ha ofrecido pagar el 40% del salario mínimo de los trabajadores, en aquellas empresas cuya producción se haya mermado, al menos, en un 20%, mientras que Panamá estableció un Bono Digital de 80 dólares para los trabajadores cuyos contratos fueron suspendidos.

En el caso panameño, se levantó rápidamente una data a partir de las solicitudes de suspensión de contratos laborales, ante el Ministerio del Trabajo, lo cual agilizaron a través de procedimientos flexibles y on line, en ejecución del estado de emergencia.

En Venezuela, por el contrario, las medidas extraordinarias para proteger a los trabajadores y empresarios, brillan por su ausencia. Ya se van a cumplir 3 meses desde el primer e inefable decreto mediante el cual el Régimen venezolano declaró el Estado de Alarma, y las medidas siguen sin aparecer.

Claro que la maquinaria propagandística del Régimen dirá siempre lo contrario, pero basta con observar las medidas laborales que se tomaron en el propio decreto de Estado de Alarma y las que vinieron después, para saber que los empresarios y trabajadores, en Venezuela, fueron dejados a su propia suerte.

En efecto, a pesar de que a partir del mes de marzo se suspendieron la mayoría de las actividades laborales, no se tomó ninguna acción extraordinaria para enfrentar las predecibles suspensiones temporales de los contratos de trabajo que se desencadenarían en el sector privado, ni se aprobaron medidas especiales a favor de las empresas o de los trabajadores afectados por las mismas.

Cada quien tendría que ver cómo se las arreglaba, porque si una empresa paralizada se veía en la necesidad de suspender sus contratos de trabajo, tenía entonces que acudir al régimen legal ordinario que establece un procedimiento engorroso y con requisitos que eran imposibles de cumplir en la actual coyuntura.

Por eso, muchas empresas se sintieron en la obligación (quien sabe si legal o moral) de seguir pagando los salarios durante la cuarentena, a pesar de no estar produciendo un céntimo por el efecto de su forzoso cierre.

Y si, por alguna circunstancia, un empresario favorecido por la Divina Providencia, lograba suspender sus contratos legalmente, dejaba entonces desamparado al trabajador, porque ni se establecieron ayudas extraordinarias para él, ni mucho menos existe en el país un sistema de seguridad social robusto que lo atendiere, porque, en Venezuela, después de tanto gamelote ideológico que se ha escupido en millones de horas de cadenas presidenciales, el Régimen no fue capaz de crear un sistema decente de seguridad social.

No obstante, de algún modo, se tenía que tratar de convencer al mundo de que algo se estaba haciendo. Fue así como se apresuró la adopción de un nuevo decreto, mediante el cual se recicló una medida vieja e inútil, que en Venezuela es mal llamada: inamovilidad laboral.

La medida establece un fuero generalizado del que disfrutan la mayoría de los trabajadores, mediante el cual se les otorga, frente al despido, una protección legal similar a la que recibiría, por ejemplo, una mujer embarazada o un dirigente sindical.

Sin embargo, esta acción no tiene nada de novedosa, porque, en Venezuela, la “inamovilidad laboral” ha estado vigente desde el año 2002. Y ha venido siendo prorrogada y restablecida, una y otra vez, hasta la presente fecha.

Se insistió, así, en una medida rancia y equivocada, cuyos resultados –en casi dos décadas– están a la vista. La inamovilidad es efectiva solo cuando está destinada a proteger temporalmente a grupos vulnerables de trabajadores, pero jamás como una política generalizada de empleo.

Y tampoco en la actual coyuntura esa medida será efectiva, porque si la pandemia termina por acabar con las pocas empresas privadas que quedan en el país, no habrá “inamovilidad” o “expropiación” que valga para resucitar a esos puestos de trabajo.

Como era previsible, la inamovilidad se volvió a imponer “con el mazo dando”, y sin procurar siquiera algún acuerdo con los empresarios y trabajadores, a pesar de que éstos siempre se manifestaron abiertos al diálogo.

En cualquier caso, Venezuela es un país en el que, según el Fondo Monetario Internacional, para el 2020, sin coronavirus, el desempleo alcanzaría el 47% de la fuerza laboral, con una tasa de informalidad que ronda el 50% y un salario mínimo que es inferior a 3 dólares mensuales.

Por eso, cualquier medida sobre el empleo formal, incluida la de suspensiones de contrato de trabajos o “inamovilidad” laboral, podría terminar resultando solo material de discusión para ejercicios meramente académicos.

La mayoría desearíamos ver a un Gobierno democrático tomando medidas extraordinarias para proteger los puestos de trabajo de un sistema formal y robusto de relaciones laborales; que incentivare la inversión privada y promoviera el diálogo entre los representantes legítimos de los empleadores y de los trabajadores, para buscar soluciones concertadas a la crisis.

Pero eso solo será posible el día en que Nicolás Maduro deje el poder.

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