La II Sala de la Corte Suprema rechazó un recurso presentado por los representantes del Estado y, en un fallo dividido, confirmó el pago de la indemnización por considerar que los demandantes fueron víctimas de delitos de lesa humanidad.
Según el dictamen, las acciones emprendidas por los exprisioneros de Pinochet «encuentran su fundamento en los paradigmas generales del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y su consagración normativa en los tratados internacionales ratificados por Chile».
Precisa que dichos tratados «obligan al Estado a reconocer y proteger este derecho a la reparación completa».
La Corte subraya que en este caso, las leyes del Derecho Internacional sobrepasan a las del Derecho local, por lo que «no resultan adaptables a estos efectos las disposiciones de general aplicación, sobre prescripción de las acciones de que se viene tratando».
Dos de los jueces de la II Sala consideraron que en este caso se debió aplicar la prescripción de la acción civil.
En Chile, según datos oficiales, unas 33.000 personas fueron torturadas y encarceladas por razones políticas durante la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990), período en que además unos 3.200 chilenos murieron a manos de agentes del Estado, de los que 1.192 figuran aún como detenidos desaparecidos.