Venezuela

TSJ ordenó escuchar testigos en caso de elecciones en Amazonas

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia ordenó formar una nueva comisión para recibir los testimonios de aquellos testigos en el caso de los diputados electos del estado Amazonas: Julio Ygarza, Nirma Guarulla y Romel Guzamana.

Publicidad
EFE
Foto: EFE

Con este fallo, se declaró con lugar la apelación del abogado Rosnell Carrasco, quien es también el representante legal de la Junta Directiva de la Asamblea Nacional, cuyo escrito introducido señala como objeto el de «subsanar los vicios procesales ocurridos hasta la presente etapa, y en definitiva se restablezca el derecho a la defensa y al debido proceso».

El Tribunal encargado deberá cumplir la comisión a la brevedad. Esta solicitud de reposición la formuló el profesional del derecho en nombre de un tercero interesado que apoya los argumentos de los ciudadanos Julio Ygarza, Nirma Guarulla y Romel Guzamana.

La Sala Electoral del TSJ ordenó dejar sin efecto la proclamación de estos diputados mientras se investigan denuncias de supuesto fraude electoral presentadas por el Partido Socialista Unido de Venezuela. Por esa razón ellos no pudieron tomar posesión de su cargo en enero. La directiva de la Asamblea Nacional optó por incorporarlo en julio y el TSJ invalidó nuevamente el acto.

A continuación el texto completo del TSJ

La Sala Electoral del TSJ, con ponencia del magistrado Malaquías Gil Rodríguez, declaró con lugar la solicitud de reposición planteada por el abogado Rosnell Vladimir Carrasco Baptista, además de que ordenó librar una nueva comisión judicial para la evacuación de los testigos respectivos, tomando en cuenta el término de la distancia, tal como lo contempla el artículo 400 del Código de Procedimiento Civil, aplicable al procedimiento contencioso electoral por remisión del artículo 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. 

El solicitante Carrasco Baptista, quien además es representante legal de la Junta Directiva de la Asamblea Nacional, en varios juicios que cursan ante la Sala Constitucional del Máximo Juzgado del país, presentó en su escrito cuyo objeto era el de «subsanar los vicios procesales ocurridos hasta la presente etapa, y en definitiva se restablezca el derecho a la defensa y al debido proceso».

Asimismo, en el fallo se declaró nulo el auto dictado en fecha 30 de mayo de 2016, en el que se acordó revocar la comisión conferida mediante auto de fecha 15 de marzo de 2016, y librar una nueva a los fines de la evacuación de varias testimoniales, así como todos los actos realizados en ejecución de la referida comisión. Dicha declaratoria no afecta la validez de los actos realizados con posterioridad al 30 de mayo que no guardan relación con el conferimiento de la comisión judicial y con las actuaciones relativas a la evacuación de los testigos correspondientes a través de ese mecanismo de auxilio judicial.

El Tribunal encargado deberá cumplir la comisión a la brevedad. Esta solicitud de reposición la formuló el profesional del derecho en nombre de un tercero interesado que apoya los argumentos de los ciudadanos Julio Ygarza, Nirma Guarulla y Romel Guzamana.

Publicidad
Publicidad