TSJ ordena a Carlos Ocariz evitar que coloquen barricadas en las calles
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó este jueves al alcalde del municipio Sucre, Carlos Ocariz, evitar que se coloquen obstáculos en la vía pública en las protestas que sacuden al país, como ya había exhortado a otros ocho alcaldes.En un comunicado, la máxima instancia del Supremo advirtió que el incumplimiento de esta orden podría derivar en penas de prisión.El TSJ informó que "admitió la acción por intereses colectivos interpuesta por un grupos de ciudadanos contra el alcalde del municipio Sucre, del estado Miranda, Carlos Ocariz", y que, además, acordó "el amparo cautelar solicitado".En ese sentido, se le ordena al burgomaestre a "realizar todas las acciones y utilizar los recursos materiales y humanos necesarios, en el marco de la Constitución y la Ley, a fin de evitar que se coloquen obstáculos en la vía pública que impidan el libre tránsito de las personas y vehículos".Además, pide remover de forma "inmediata" los obstáculos que pudiera haber para, así, "mantener las vías y zonas adyacentes a estar libres de barricadas".La medida del Poder Judicial se produce en medio de las protestas que sacuden al país desde hace 55 días, muchas de las cuales han degenerado en hechos de violencia que dejan al menos 57 muertos y un millar de heridos, según cifras de la Fiscalía venezolana.De igual forma amplió la medida que había anunciado este miércoles a otros ocho alcaldes opositores.La decisión afecta a los alcaldes de Baruta, Gerardo Blyde; Chacao, Ramón Muchacho; El Hatillo, David Smolansky; Los Salias, Josy Fernández; Carrizal, José Luis Rodríguez; Libertador, Carlos García; Alberto Adriani (El Vigía), Juan Peña, y Campo Elías, Omar Lares, a los que hoy se les suma Ocariz.Así como al resto de los alcaldes mencionados, a Ocariz se le exige impedir "reuniones en la vías públicas que coarten el libre tránsito y en las que se consuman bebidas alcohólicas y sustancias psicotrópicas y estupefacientes".También se le ordenó girar instrucciones al cuerpo de policía de su municipio, a fin de que se "ordene" su despliegue para ejercer "las acciones preventivas y de control del delito".]]>