Economía

Declaran 94 productos de primera necesidad para exonerar pago de aranceles

Por decisión presidencial se declaran 94 subpartidas arancelarias como de primera necesidad o de consumo masivo a los efectos de la exoneración de los beneficios aduaneros, según el artículo 127 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Orgánica de Aduanas del 14 de noviembre de 2014.

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Foto: Andrea Hernández / ARchivo

De acuerdo con el Decreto 2.503, publicado en la Gaceta Oficial 41.018 del 27 de octubre, la medida se adopta para garantizar la seguridad alimentaria y la disponibilidad permanente de alimentos y de productos de primera necesidad a la población.

Señala uno de los considerando que se busca establecer incentivos fiscales para la importación de los bienes requeridos, por lo que se declaran bienes de primera necesidad 94 ítems arancelarios, entre los cuales se encuentra la leche UHT, fórmulas lácteas infantiles hasta 12 meses de edad, mantequilla, semillas de árboles frutales y concentrados de proteínas.

Venezuela sufre una fuerte escasez resultado de férreos controles de cambio y de precios y que han obligado al gobierno a permitir -toda vez el derrumbe de los precios del petróleo- importaciones masivas con la finalidad de llenar los anaqueles con bienes que escasean de origen nacional.

Esta es la lista de bienes que se decretan de primera necesidad para exonerar su importación del pago de impuesto al Valor Agregado, impuesto de importación y tasa por determinación del régimen aduanero:

Imprtación pagina 8.1

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