La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos publicó una guía de preguntas frecuentes sobre las licencias generales para negociar con el sector energético de Venezuela, específicamente sobre la 46B (relacionada con el petróleo) y las 51A y 55 (vinculadas a la minería).
Se trata de una lista de preguntas y respuestas («Frequently Asked Questions» o FAQ) en las que se aclara quién y cómo puede negociar con el Estado venezolano en esta nueva etapa de relaciones comerciales.
Este FAQ responde a una pregunta clave: «¿Corren riesgo de sanciones las personas no estadounidenses por realizar transacciones autorizadas por las Licencias Generales (GL) 46B, 51A y 52?».
A lo que la OFAC responde que no serán sancionados siempre y cuando cumplan sus condiciones.
«En general, las personas no estadounidenses no corren el riesgo de exponerse a sanciones de EE. UU. por participar en transacciones autorizadas en virtud de las GL 46B, 51A o 52 —como realizar transacciones con PdVSA o importar petróleo, productos petroquímicos o minerales de origen venezolano a un tercer país—», dice el documento.
¿Cuáles son las condiciones?
No hay motivos de sanciones si:
- Las condiciones de pago son comercialmente razonables.
- Las condiciones de pago no implican canjes de deuda y no están denominadas en moneda digital, criptoactivos o tokens digitales emitidos por, para o en nombre del Gobierno de Venezuela, incluido el petro;
- La transacción no implica a ninguna persona ubicada en la Federación de Rusia, la República Islámica de Irán, la República Popular Democrática de Corea o la República de Cuba, ni constituida con arreglo a las leyes de dichos países, ni a ninguna entidad que sea propiedad o esté controlada, directa o indirectamente, por dichas personas o que forme parte de una empresa conjunta con ellas.
- La transacción no implica a una entidad ubicada en Venezuela o en los Estados Unidos, o constituida conforme a las leyes de dichos países, que sea propiedad o esté controlada, directa o indirectamente, por una persona ubicada en la República Popular China o constituida conforme a las leyes de dicho país, o que forme parte de una empresa conjunta con dicha persona.
- La transacción no implique un buque bloqueado.
- Con respecto a la licencia 51A, no habrá problema mientras la transacción no implique el procesamiento o refinado de minerales de origen venezolano, incluido el oro, en la Federación de Rusia, la República Islámica de Irán, la República Popular Democrática de Corea, la República de Cuba o la República Popular China.