Deportes

Laureano González tiene en su plancha al árbitro de las impugnaciones

En Miranda jamás se conoció el cronograma electoral completo ni se supo qué estatutos regían la elección en la que resultó ganador un dirigente que había cometido fraude en unos comicios previos. ¿Estará finalmente habilitado ese delegado para votar este martes por Laureano González en las elecciones de la Federación Venezolana de Fútbol? Este es el tercer y último trabajo sobre las irregularidades en el proceso electoral de la FVF. 

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Texto: Eumar Esaá (@eumaresaa) / Foto: IND

El 6 de septiembre de 2016, el directorio del Instituto Nacional de Deportes, según recomendación de la Consultoría Jurídica, negó la providencia administrativa a la Asociación de Fútbol de Miranda, presidida por José Luis Rincones, un dirigente con poco prurito a la hora de saltarse las normas.

Rincones se había presentado en 2013 en dos fórmulas distintas, en una como candidato a presidente y en la otra, encabezada por Norka Gómez, optando al cargo de vicepresidente (lo cual es considerado como fraude electoral), tal como lo prueban los documentos introducidos por la propia Asociación para su reconocimiento por parte del IND.

Anexo 1

Anexo 2

Anexo 3

La argumentación de la ex consultora jurídica del IND, Luz María Escarrá, para negar el reconocimiento, no hace mención a esta irregularidad, aunque no se descarta que la misma haya motivado su decisión.

Pero Rincones se las arregló para volver, por medio de un proceso electoral que nunca tuvo las reglas claras. Los últimos estatutos registrados de la Asociación de Miranda se remontan a 2010. Aunque los mismos tuvieron que haber sido reformados en 2012, como consecuencia de la entrada en vigencia de la Ley del Deporte, y luego en 2016, para adecuarse a una providencia administrativa del IND, los nuevos reglamentos internos jamás fueron registrados, como lo demuestra la planilla de notas marginales en blanco que sigue al documento protocolizado en 2010.

Anexo 4

La convocatoria para elegir una Comisión Reorganizadora (que quedó presidida por César Español) fue realizada en virtud de un supuesto artículo 40 de los estatutos. Sin embargo, el documento de 2010 tiene sólo 38 artículos y no se refiere en ninguno de ellos a una instancia que tenga este nombre, sino que habla en el artículo 33 de Comisión Interina.

Anexo 5

De acuerdo con ese artículo 33 de los estatutos de 2010, la Comisión Interina está integrada por tres miembros principales y un suplente, pero el acta notariada que da cuenta de la elección de Español refleja que la autoridad provisional está constituida por 5 personas.

Anexo 6 Anexo 7

La convocatoria a la Asamblea Extraordinaria para elegir autoridad provisional fue hecha el 29 de octubre, nueve días antes de la fecha prevista para el trámite, en lugar de los 10 días que establecen los estatutos de 2010. El llamado se publicó en un diario, La Región, que llega exclusivamente a los Altos Mirandinos, y no circula ni en el litoral de la entidad, ni en los Valles del Tuy, ni en el área metropolitana, ni en el eje Guarenas-Guatire.

Anexo- 8

El universo electoral para los comicios mirandinos jamás quedó claro. Mientras que la Asociación reconoce 13 clubes afiliados en su inscripción ante el Registro Nacional del Deporte, también ha argumentado tener 60 en diligencias ante el TSJ, y en la convocatoria del 29 de octubre hace referencia a un quórum de 20 clubes, equivalente al 50% de sus afiliados, que según esa lógica serían 40. Por su parte, el IND reconoce la actividad de 120 clubes en Miranda, aunque admite que de ellos solo 13 son federados.

Anexo 9

La periodista de El Estímulo, Johanna Osorio, pudo constatar en visita a la sede de la Comisión Electoral el 5 de febrero (fecha límite para la publicación del padrón electoral) que éste nunca fue dado a conocer, así como tampoco se difundió el cronograma para la elección de los delegados de los jugadores.

Aun así, las elecciones se realizaron, y Rincones volvió a la cabeza de la Asociación de Miranda. Ni él ni Pedro Guevara, presidente en Delta Amacuro, tienen providencia del IND, que debería ser el documento válido para votar el martes. ¿Aparecerá un certificado de último momento para hacer posible su participación? En todo caso, la providencia 002/2017 del directorio del IND no ata la participación de los representantes de entrenadores, árbitros y jugadores a la vigencia de las juntas directivas, por lo que los delegados de estos sectores en los dos estados estarán habilitados para votar, aunque sus dirigentes no lo estén.

A llorar pa’l valle

Aquellos interesados en objetar las elecciones del fútbol, con base en irregularidades como las reflejadas en esta serie de El Estímulo, se encontrarán después del 21 de marzo en la incómoda posición de recurrir ante la consultoría jurídica de un ente, el IND, presidido por quien ese día resultará electo vicepresidente de la FVF, Pedro Infante.

¿Cuál es la posibilidad de que procedan impugnaciones o reclamos por la forma en que se integró la asamblea que elegirá este martes? Muy poca, a juzgar por el trato preferencial que desde el 8 de febrero se da al fútbol.

Ese día se emitió la Providencia 002/2017 del directorio del IND, que dictaba nuevas normas para reglamentar la elección de los delegados de atletas, árbitros y entrenadores en las elecciones de asociaciones y federaciones. La resolución, que quita a las entidades del voluntariado deportivo la facultad de definir la vía de elección para estos actores, imponiendo una fórmula única para todos, establece excepciones para las organizaciones que prevean en sus estatutos “mecanismos de mayor democracia participativa y protagónica”, que podría ser el caso del fútbol, en el que la proporción de atletas votantes es mayor que en otros deportes (atleta masculino, femenino y profesional en todas las instancias).

La providencia también exime del cumplimiento, tanto en plazos como en adecuación a las disposiciones, a los “casos de aquellos procesos electorales que deban iniciar en los próximos días de dictado el presente acto”, caso obvio de la FVF, que siempre abre el período de elecciones federativas. ¿Acaso atendieron estas excepciones a acuerdos ya alcanzados para entonces sobre la conformación de la plancha que se perfila como clara ganadora? ¿Puede el fútbol seguir jugando con sus propias reglas mientras el resto de las federaciones deben resignar parte de su autonomía ante una providencia administrativa emanada del mismo ente cuyo presidente ahora se incorpora a la directiva de la FVF? ¿Qué papel jugará Pedro Infante en caso de que deba incorporarse a la asamblea de federaciones: delegado del fútbol o presidente del IND? ¿Qué decisiones tomará cuando le toque optar entre favorecer al fútbol o a otro deporte con recursos, dotación o cualquier otro beneficio, actuando como titular del IND?

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