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Inicia el pago del bono 100% Amor Mayor: ¿cuál es el monto para enero?

Mensualmente a través del Sistema Patria el gobierno nacional entrega una serie de bonos, cuyos montos varían y son distribuidos de acuerdo a las características sociales de las personas

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A partir de este jueves 4 de enero se inició el pago del bono 100% Amor Mayor a través del Sistema Patria. Así fue anunciado en el canal Patria Digital en la red social Telegram .

Para enero, el monto de este pago, destinado a las personas de la tercera edad se mantuvo en 130 bolívares, lo que equivale a 3,6 dólares al cambio de la tasa del Banco Central de Venezuela (BCV).

El monto es insuficiente si se compara con el costo de la Canasta Alimentaria Familiar en noviembre de 2023, que se ubicó en 522,01 dólares de acuerdo con el Centro de Documentación y Análisis Social de la Federación Venezolana de Maestros (Cendas-FVM).

De acuerdo a lo comunicado en el blog oficial de Patria, fueron aprobadas 12.636 nuevas pensiones para las personas de la tercera edad y los usuarios recibirán un texto con el siguiente mensaje: «Felicitaciones. Ha sido beneficiado con la Pensión Amor Mayor, enviada por el presidente Nicolás Maduro».

¿Cómo cobrar el bono Amor Mayor?

Para disponer del dinero depositado a la cuenta del Sistema Patria por el concepto de Bono Amor Mayor, deberá seguir estos cinco pasos:

  • Iniciar sesión en la Plataforma del Sistema Patria
  • Ir a monedero y luego a retiro de fondos
  • Seleccionar el monedero de origen, monto y destino de los fondos
  • Pulsar el botón continuar y después en aceptar
  • El sistema le mostrará que la operación fue exitosa y listo.

¿Qué hacer para ser pensionado por Amor Mayor?

Todos los meses el gobierno nacional incorpora a nuevas personas en el beneficio, los requisitos para postularse son los siguientes:

  • El registro debe hacerse por la aplicación veQR en la tarjeta 100 % Amor Mayor.
  • Cumplir con la edad para ser pensionados (55 años las mujeres y 60 los hombres).
  • Estar registrados en la plataforma Patria o poseer el carnet de la Patria.
  • No recibir el pago de la pensión a través del IVSS.
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