Cualquiera que apoye o solicite una intervención militar en Venezuela podría estar sujeto a que se le retire la nacionalidad venezolana. Esa es la petición que elevó Nicolás Maduro al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en un contexto de tensiones con Estados Unidos y que dio a conocer este jueves 30 de octubre en un encuentro en Petare, estado Miranda.
«Yo he elevado al Tribunal Supremo de Justicia una consideración constitucional en base al artículo 130 (de la Constitución) para que la gente vende patria, que se sumen a un ejército extranjero, imperialista, para invadir a Venezuela, (…) proceder y quitarle la nacionalidad venezolana», expresó Maduro.
«Toda la documentación y todo lo que haya que quitarle de acuerdo a la ley y la constitución», reiteró sobre su orden.
El pasado sábado 25 de octubre, la vicepresidenta Delcy Rodríguez informó que Maduro había un recurso igual ante el TSJ para retirar la nacionalidad a Leopoldo López por «su grotesco, criminal e ilegal llamado a la invasión militar de Venezuela, la promoción permanente del bloqueo económico, así como el llamado a asesinar masivamente a los venezolanos en complicidad con gobiernos y enemigos extranjeros».
Tras esta orden, Rodríguez aseguró que la Cancillería y el SAIME anularían el pasaporte de López, quien se encuentra exiliado en España desde 2020.
¿Es posible anular nacionalidad?
El Artículo 35 establece: «Los venezolanos y venezolanas por nacimiento no podrán ser privados o privadas de su nacionalidad». La nacionalidad venezolana por naturalización sólo podrá ser revocada mediante sentencia judicial, de acuerdo con la ley».
Y el Artículo 34 dice: «La nacionalidad venezolana no se pierde al optar o adquirir otra nacionalidad».
La Ley de Nacionalidad y Ciudadanía, vigente en Venezuela desde el 1 de julio de 2004, también es inequívoca en su artículo 12: «La nacionalidad venezolana por nacimiento no podrá ser revocada o suspendida, ni de alguna otra forma disminuida o privada por ninguna autoridad». Ese mismo texto legal deja claro que la única manera de perderla es por renuncia expresa del ciudadano ante el registro civil.