Venezuela

TSJ negó solicitud de liberar a diputados suplentes opositores

La sentencia de la magistrada Gutiérrez señala que la inmunidad sólo procede por hechos acaecidos durante el ejercicio efectivo de funciones parlamentarias.

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La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) negó la solicitud de liberación de los diputados suplentes Renzo Prieto, Rosmit Mantilla y Gilberto Sojo, argumentando que la inmunidad parlamentaria solo es válida para los legisladores principales o cuando los sustitutos están en ejercicio de funciones.

De esta manera, el máximo tribunal rechazó la petición presentada por los diputados  Gaby Arellano y Sergio Vergara, que exigía una interpretación de una decisión previa sobre el tema.

«El fallo reiteró las sentencias dictadas por la Sala Plena números 58 del 9 de noviembre de 2010 y 7 del 5 de abril de 2011, en las cuales se establece, entre otros aspectos jurídicos, que el privilegio de la inmunidad parlamentaria lo detentan única y exclusivamente las personas que estén en el ejercicio efectivo de cargos de diputados, con ocasión a los presuntos delitos que cometan durante dicho ejercicio; por lo que los diputados suplentes sólo gozan de inmunidad cuando efectivamente suplan las faltas de los principales y con ocasión a las actuaciones desplegadas en ese tiempo», dijo el TSJ sobre la decisión plasmada en una sentencia elaborada por su presidenta, la magistrada Gladys Gutiérrez.

Además, «se ratificó la jurisprudencia según la cual la comisión flagrante de un delito exime de los privilegios derivados de la inmunidad, entre los cuales figura el antejuicio de mérito, por cuanto inmunidad no es impunidad».

Renzo Prieto, Rosmit Mantilla y Gilberto Sojo fueron electos diputados suplentes de los parlamentarios Sergio Vergara, Gabriela Arellano y Dinorah Figuera, respectivamente, todos integrantes de la organización opositora Mesa de la Unidad Democrática (MUD).

La sentencia fue publicada este viernes por el TSJ y recuerda que los delitos por los que se encuentran presos los diputados suplente son incendio de edificios públicos y privados, intimidación pública, daños violentos, obstaculización de vías, instigación pública y asociación para delinquir. Todos cometidos antes de las elecciones. La oposición ha señalado que los tres diputados suplentes son presos políticos y por ello ha insistido en su liberación, además de que buscan que cumplan con su labor en la Asamblea Nacional.

Además de recalcar sobre quién recae la inmunidad parlamentaria, Gutiérrez argumentó que Arellano y Vergara «no demostraron que su situación jurídica hubiese sido afectada por la privación de libertad de los ciudadanos» y que no podían actuar en representación de ellos.

Con información del TSJ.

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