Venezuela

Las conchas de mango del CNE para evitar el revocatorio

El camino que ha marcado el Consejo Nacional Electoral para activar formalmente un proceso revocatorio al presidente Nicolás Maduro ha estado lleno de espinas. Apenas la primera etapa se llevará tres meses. Según el reglamento, las elecciones pudieran hacerse, en uno de los peores casos, en la última semana del año 2016.

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La oposición quiere referéndum revocatorio para desalojar a Nicolás Maduro de la Presidencia de la República. Una carrera contra el tiempo antes del 10 de enero de 2017, cuando revocar al mandatario solo le dejaría la silla presidencial al Vicepresidente Ejecutivo hasta completar el período en 2019.

Por eso, la lucha por unas elecciones se guía por el reloj. El 9 de marzo, la Mesa de la Unidad dio el primer paso: entregar una carta al Consejo Nacional Electoral para solicitar la planilla y recolectar firmas correspondientes al 1% de los electores inscritos que autoriza a la MUD a solicitar un revocatorio. La acción la repitieron el 15 de marzo, de nuevo el 7 de abril y finalmente el 12 de ese mes.

Finalmente, la planilla fue entregada el 26 de abril pasado cuando se abrió un lapso de 30 días para la recolección de las casi 198 mil firmas. El proceso se realizó en menos tiempo y la MUD entregó 80 cajas con 1,8 millones de rúbricas el 2 de mayo al CNE para comenzar el proceso de revisión que, según la norma, debía durar cinco días. Así, se trabajó por fuera de lo establecido en el reglamento que debería guiar el proceso, por segunda vez.

Este 10 de junio, 41 días después, finalmente se dio el informe de ese proceso, en la cual quedaron invalidadas más de 600 mil firmas por distintos motivos. Por ejemplo, si el nombre de Nicolás Maduro o el del cargo de Presidente de la República en el encabezado de la planilla estaban mal escritos, la planilla completa quedó anulada. Justos por pecadores. En este caso, el CNE pudo haber entregado la planilla con los encabezados listos para evitar estas fallas.

También hubo firmas individuales que quedaron por fuera. Por ejemplo, aquellas donde la huella no estuviera correctamente impresa en la hoja (mucha tinta, poca tinta), la de quienes firmaron en un estado distinto al que votan, la de quienes no aparecen en el Registro Electoral al 31 de enero de 2016, y en las que el nombre o el número de cédula estuvo incorrecto. Eso sí, en todos los casos grafológicos tuvo que ver que los transcriptores entendieran la caligrafía del firmante, como reveló este trabajo de Caracas Chronicles o este otro de TalCual. Quienes no sabían leer o escribir y otra persona escribió su nombre probablemente fueron invalidados al considerar la caligrafía como “plana” (a pesar de que los derechos electorales de personas analfabetas están establecidos desde 1947).

El total reconocido por el Poder Electoral son 1.352.052 “registros” que deberán ser validados. Así, del 13 al 17 de junio se activará un proceso para excluirse voluntariamente (aunque no habrá uno para que los excluidos puedan “reparar” y ser contados) y del 20 al 24 podrán ratificar su voluntad quienes sí pasaron el primer filtro.

Quienes pensaron que ese penúltimo paso de esta etapa sería rápido porque se usará captahuella, deberán pensarlo mejor. Primero porque a pesar de que las bases de datos digitales permitirían hacer la verificación en tiempo real, el CNE igual se dio casi un mes para revisar, y segundo porque los electores deberán trasladarse hasta las sedes regionales del organismo, ubicadas solamente en las capitales de estado, para poner su huella. Si usted vota en Lagunillas, deberá viajar a Maracaibo. Si usted vive en Barlovento, lo esperan en Los Teques. Si usted vive en Santa Elena de Uairén, deberá cruzar el estado para llegar a Ciudad Bolívar y hacer lo propio.

Por cierto, si en tan solo uno de los estados del país no se ratifica el 1%, el proceso queda invalidado, aunque el reglamento solo habla de porcentaje nacional. No está claro si se interrumpiría por completo la opción del revocatorio o se daría oportunidad a una nueva recolección en aquellas entidades donde no se logre el 1% certificado.

A partir de allí, el CNE contará con 20 días hábiles para revisar y confirmar si se obtuvo el 1% por entidad federal. Así se llegará al 26 de julio, es decir un total de tres meses desde que se hizo la recolección de firmas –y casi cinco desde la primera comunicación al CNE- para apenas permitir que la MUD pueda solicitar formalmente un revocatorio. El CNE tendrá dos días hábiles para emitir una constancia de presentación: 28 de julio.

El cronograma se estira

Muchos de los lapsos están establecidos en el reglamento que rige el proceso revocatorio. De cumplirse, el esquema planteado es el siguiente, a partir de ese 28 de julio cuando el ente electoral tendría 15 días continuos, hasta el 11 de agosto, para revisar y emitir la resolución de la procedencia del evento; para luego tener 15 días continuos más, en teoría hasta el 26 de agosto, para que la Junta Nacional Electoral proponga al directorio del CNE los centros donde se recolectarán el 20% de las firmas. Entonces, los rectores deberán decidir sobre la materia y llamar a recolectar voluntades del 20% de los electores inscritos, con captahuellas y durante tres días continuos, a finales de agosto en el mejor de los casos.

Suponiendo que el 1º de septiembre ya se tenga ese 20%, la Junta Nacional Electoral en un lapso de 15 días continuos verificará los datos recogidos y, de lograrse esas casi 4 millones de voluntades, el Poder Electoral tendrá un lapso de tres días continuos, rozando el 20 de septiembre, para convocar el referendo revocatorio presidencial en un lapso no mayor a 90 días continuos. Es decir, en las últimas dos semanas del mes de diciembre, siempre y cuando los tiempos no se alteren por interrupciones dictadas desde el directorio del CNE, cumpliendo lo dicho por la rectora Tibisay Lucena: “cualquier agresión, alteración del orden o generación de violencia conllevará a la suspensión inmediata del proceso hasta que se restablezca el orden, la tranquilidad y el respeto».

El dibujo libre

El Consejo Nacional Electoral se guía por el reglamento publicado en la Gaceta Electoral número 405, de diciembre de 2007. Pero no todo está contemplado allí.

Por ejemplo, el tiempo que transcurrió entre pedir la planilla y entregarla no tiene límites legales. Tampoco hay en la norma lapsos preestablecidos para las decisiones que debe tomar el directorio. Es decir, los rectores pueden decidir sobre algún aspecto –por ejemplo, si aprueba el plan de la Junta Nacional Electoral para recolectar el 20%- en un día o en semanas, afectando todo el cronograma, que se hace muy elástico.

El reglamento no establece tiempos para “exclusiones voluntarias” de los firmantes del 1%, como aprobó el CNE. Así, tampoco establece que haya período de “exclusiones voluntarias” para el 20% de inscritos, y aun así pudiera decidir que ese es un paso necesario, afectando también todo el cronograma. También pudiera anunciar que el 20% de firmas de electores a recolectar debe ser proporcional al RE de cada estado y no del total nacional, abriendo la puerta a que si en alguna entidad no se logra la meta se invalide todo el proceso.

Por cierto, en ninguna parte habla de suspensiones del proceso por posibles hechos violentos, ni de necesidad de tener una caligrafía Palmer para que la firma sea válida.

Tabla-firmas-CNE

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