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El ajuste de 18% en la tasa de la unidad tributaria aprobada por el Seniat es insignificante en comparación con la inflación de 2015, calculada extraoficialmente en 270%. Pero desde 2007 se han venido autorizando aumentos que están por debajo del Índice de Precios al Consumidor, incumpliendo con el artículo 131 numeral 15 del Código Orgánico Tributario.