Este martes el BCV emitió una circular en la que señala cómo las personas jurídicas deben presentar los requisitos relacionados con deberes tributarios como el Impuesto Sobre la Renta y el Impuesto al Valor Agregado.
El comunicado informa a las instituciones operadoras que a los fines de comprobar la validez de las declaraciones de Impuesto Sobre la Renta, de las declaraciones de retenciones de Impuesto sobre la Renta y del Impuesto al Valor Agregado que les sean presentadas por los sujetos interesados, deberán consultar a través del Portal Fiscal el Número de Certificado, empleando para ello las facilidades que se brindan en la sección “Sistemas en Línea – Consulta de Certificados”.
Los bancos y operadores de valores no podrán condicionar, limitar o restringir por motivos no justificados en función de lo expuesto, la recepción de solicitudes para ser tramitadas en el Sicad II, o emplear cualquier práctica o procedimiento que impida o dificulte tal proceder.
El presidente Nicolás Maduro indicó la noche de este martes que el gobierno se apresta a mejorar el mecanismo: «Estamos estudiando un perfeccionamiento de ese mecanismo, siempre en función de atender los mercados reales, para garantizar todas las cadenas de suministros que necesita el país para su funcionamiento»
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