Economía

Comité estandarizará procesos y fijará precios máximos de compras públicas

El Decreto 2.198, anunciado este martes en la noche por el presidente Nicolás Maduro, apareció en la Gaceta Oficial número 40.836 y contiene los detalles sobre el nuevo Sistema Centralizado y Estandarizado de Compras Públicas. 

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De acuerdo con la normativa, los lineamientos de Sistema serán diseñados y administrados por el Comité de Compras Centralizadas de la Administración Pública Nacional, instancia colegiada incorporada a la Comisión Central de Planificación. Este equipo estará compuesto por el vicepresidente Ejecutivo de la República, quien lo presidirá; el vicepresidente sectorial de la Economía Productiva; el vicepresidente sectorial de planificación; el director del Servicio Nacional de Contrataciones.

El Comité tendrá la función de determinar los bienes, servicios y categorías susceptibles de adquisición centralizada o coordinada por parte de los órganos y entes de la administración pública; también deberá establecer cuáles son los órganos y entes que deben efectuar estas compras.

Además, establecerá los parámetros especiales para la adquisición de estos rubros y fijará los precios máximos de compra por parte de la administración pública.

Entre sus atribuciones se incluye la de establecer un régimen excepcional de registro dentro del Servicio Nacional de Contratistas para personas naturales y jurídicas proveedoras de determinados bienes y servicios en condiciones especiales. Este régimen excepcional se determina por el carácter estratégico de los productos, su restringida oferta o condiciones particulares limitativas bajo las cuales los proveedores acuerdan contratar la venta de dichos bienes o la prestación de los servicios.

Estos regímenes excepcionales tendrán carácter temporal, no pudiendo exceder el plazo de 6 meses.

El artículo 6 establece que el Comité de Compras Centralizadas “atenderá los principios de austeridad, transparencia y máxima eficiencia del uso de los recursos”. Su esquema de trabajo priorizará el sistema de compras directas a los productores, sin intermediarios, para estimular la manufactura local.

“El Estado promoverá esquemas especiales de compras a las unidades económicas asociadas a los motores productivos”, dictamina.

El Comité de Compras Centralizadas designará, previa autorización del presidente, el organismo del Estado encargado de la realización de las compras de bienes y servicios determinados por esta instancia.

Los lineamientos emanados del Comité de Compras Centralizadas se extenderán a los entes descentralizados funcionalmente con y sin fines empresariales, debiendo ser aplicados inclusive a las adquisiciones que se pretendan realizar con ingresos propios de su gestión. 

Los órganos y entes de la administración pública serán responsables de mantener actualizado el Plan de Compras Públicas del Servicio Nacional de Contrataciones, con información sobre los gastos en materiales, equipos, insumos de oficina, uniformes y otros rubros de consumo por parte del Estado. A partir de estos datos, el equipo del Comité identificará los rubros susceptibles a estandarización, con el fin de “identificar aquellos aptos a la racionalización”.

El Comité también podrá convocar a empresas tanto nacionales como extranjeras, públicas y privadas, a ofertar en condiciones especiales al organismo del Estado encargado de realizar las compras, “con el objeto de lograr economías de escala y direccionar recursos a la pequeña y mediana industria, empresas comunales, estatales, mixtas así como otras del sector privado, en función de la estrategia económica de optimización de la inversión pública”.

Los órganos y entes de la administración pública tienen 15 días para actualizar la información sobre sus gastos en los rubros señalados. El Comité ordenó, mientras se determinan otros bienes susceptibles de compras centralizadas, dar prioridad a la adquisición de materiales de oficina, equipos de informática y repuestos automotrices, uniformes, entre otros.

El Comité de Compras Centralizadas cuenta con un lapso de 30 días para implementar el Sistema Centralizado y Estandarizado de Compras del Sector Público.

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