En la Gaceta Oficial Número 41.305 de fecha 21 de diciembre fue publicada la normativa que crea la Unidad Tributaria Sancionatoria aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente (ANC).
De acuerdo con los lineamientos establecidos en esta normativa legal, el instrumento que determinará el monto de las multas para aquellos comercios que incurran en sanciones tipificadas en las leyes venezolanas, se ajustará según la tasa de inflación anual.
En el artículo 3 de la normativa se señala que la unidad tributaria sancionatoria «se reajustará dentro de los primeros días del mes de febrero de cada año».
Igualmente se establece que será competencia del Ejecutivo nacional determinar su valor al igual que la unidad tributaria ordinaria que se incrementa todos los años.
«Actualizar de forma periódica el valor real de las multas y sanciones pecuniarias calculadas en unidades tributarias, a los fines de prevenir el incumplimiento de las normas jurídicas».