La característica común de todas estas estafas de la historia humana ha sido, como ironía, la profunda animadversión de quienes presidieron estos estados contra los trabajadores y sus organizaciones sindicales, paradójicamente fuente de inspiración de cada una de estas revoluciones.
En el caso de la URSS, Stalin no vaciló en rasparse a lo más granado del Comité Central del PCUS en los procesos de Moscú de 1937, del que sólo se salvó Alexandra Kollantai al ésta abjurar de sus colegas asesinados. El resto, millones de trabajadores, sindicalistas, poetas y escritores murieron en los gulags de Siberia sólo por aspirar la libertad.
En el caso de China, el gran salto hacia adelante y la revolución cultural (1958- 1976) se encargaron conjuntamente con la hambruna de despachar a más de 200 millones de seres humanos y todo vestigio de libertad sindical hasta el sol de hoy, y en lo que se refiere a la revolución cubana ejercer el sindicalismo puede significar la muerte, solo existe como expresión clandestina y en el exilio el grupo sindical Solidaridad de Trabajadores Cubanos (STC), cuyo líder entre otros más reconocido fue Eduardo García Moure, quien falleciera recientemente en el exilio acá en Venezuela.
Por lo descrito, ¿qué podemos decir de lo que tenemos como régimen en Venezuela?
Por su origen y deformaciones, estado obrero no es. La autocalificación presidencial de su origen proletario no lo define como tal, para desgracia y accidente de nuestra historia republicana es conocido en la comunidad internacional como estado criminal, e incluso en diferentes eventos lo han calificado como narcoestado.
En lo que sí se emparenta con la tragedia humana descrita al inicio, es con el odio hacia los trabajadores y al movimiento sindical libre, para muestra el vigente represivo marco jurídico fabricado desde la Asamblea Nacional en períodos anteriores, el Código penal, la ley Orgánica de Seguridad de la Nación, Ley de Precios Justos y el Código Militar establecen un menú de penas entre 5 años y 15 años por ejercer el derecho a huelga, la contratación colectiva y la libertad sindical, derechos consagrados en los artículos 95, 96 y 97 de la CRBV y en los convenios 87 y 98 de la OIT, razones por las cuales nos visitará pronto una Comisión de Encuesta de este organismo mundial tripartito.
La persecución desatada contra Rubén González es una acción de la tiranía contra el movimiento sindical libre y democrático, que mantiene la justa lucha por defender el salario ante el tabulador autoritario que destruye un siglo de luchas laborales y las conquistas alcanzadas y mantenidas en tiempos de democracia y dictadura a lo largo del siglo XX.
La imputación risible del código militar de “ultraje al centinela” y a las Fuerzas Armadas, califica por el contrario a un régimen que ha humillado y condenado a la miseria a más del 90% de la población, a un poder ejecutivo que ha mancillado nuestro país al entregar en forma detestable nuestra soberanía nacional, al apetito voraz de gobiernos que saquean a mansalva nuestra mano de obra y recursos naturales.
La exigencia de libertad inmediata a González, cruelmente prisionero en la cárcel de La Pica en Maturín, y de otros siete sindicalistas de Ferrominera en la colonia penal del Dorado, es un sentimiento compartido por los trabajadores y la sociedad democrática.