Venezuela

TSJ declara constitucional la Ley de Cestatickets para Pensionados y Jubilados

La sentencia N° 327 emitida por el máximo tribunal el 28 de abril de 2016, asegura que la Ley es "inherente al estado social de Derecho" pero supedita su aplicación a su viabilidad económica.

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La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió que la Ley de Bono para Alimentación y Medicinas a Pensionados y Jubilados, sancionada por la Asamblea Nacional el pasado 30 de marzo de 2016, está apegada a la Contitución.

En la sentencia, los magistrados concluyen que dicha ley cumple los parámetros de constitucionalidad, pero su entrada en vigencia está supeditada al cumplimiento, por parte de la Asamblea Nacional, del extremo necesario relativo a la viabilidad económica que permita garantizar el cumplimiento de la finalidad social que involucra tal ley.

La Sala asegura que la Ley de Bono para Alimentación y Medicinas a Pensionados y Jubilados «es inherente al Estado Social de Derecho el otorgamiento de beneficios sociales a las poblaciones vulnerables como los adultos mayores y que las políticas de Estado han venido incrementando progresivamente el número de beneficiarios».

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