Venezuela

TSJ dice que bases comiciales de la constituyente no violan la Constitución

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró como constitucional las bases comiciales decretadas por el presidente Nicolás Maduro para la elección de los integrantes de la Asamblea Nacional Constituyente al considerar que "respeta la democracia participativa".

Publicidad

El decreto Nº 2.878, publicado en Gaceta Oficial número 41.156 del 23 de mayo de 2017, fue objeto de una solicitud de nulidad por parte del abogado Emilio José Urbina quien lo consideraba inconstitucional.
La ponencia del magistrado Arcadio Delgado Rosales señala que las bases comiciales «respetan el concepto de la democracia participativa y el sufragio universal, directo y secreto, y que existen en la Constitución de 1999, mecanismos de democracia directa que facultan la presencia privilegiada de sectores sociales cuyo protagonismo ha sido destacado por el legislador, en particular a través de las leyes del poder popular».
La Sala considera que como el decreto indica que la escogencia de los constituyentes debe hacerse «en el ámbito territorial y sectorial, mediante el voto universal, directo y secreto» no viola «el principio constitucional del sufragio».
Esta es la cuarta ocasión en la que el máximo tribunal rechaza anular el proceso constituyente. Dos de ellas fueron intentadas por la Fiscal General Luisa Ortega Díaz, a quien el TSJ le rechazó una interpretación y luego una acción de nulidad.
Además de Ortega Díaz, juristas, exconsitituyentes y exfuncionarios del gobierno han rechazado la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente decretada por Maduro en primer lugar por no incluir un referendo previo para aprobarla y en segundo lugar porque las bases comiciales sectoriza una parte de la escogencia de los futuros integrantes de la instancia.
]]>

Publicidad
Publicidad