Venezuela

TSJ admite recurso de antejuicio de mérito contra Luisa Ortega Díaz

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso de antejuicio de mérito contra la fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz, introducida el pasado 16 de junio por el diputado a la Asamblea Nacional por el Gran Polo Patriótico, Pedro Carreño, quien calificó de "falta grave" la actuación de la titular del Ministerio Público en los últimos días.

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El escrito explica que la decisión fue tomada en conformidad con lo previsto en el artículo 279 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo tipificado en los numerales 4, 5, 8 y 9 del artículo 22 de la Ley Orgánica del Poder Ciudadano, y 23 numerales 2 y 3 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, según refiere una nota de prensa de la institución.
Los artículos en los que se basa la acción del Poder Judicial son los siguientes:
Artículo 279 de la Constitución:
«El Consejo Moral Republicano convocará un Comité de Evaluación de Postulaciones del Poder Ciudadano, el cual estará integrado por representantes de diversos sectores de la sociedad; adelantará un proceso público de cuyo resultado se obtendrá una terna por cada órgano del Poder Ciudadano, la cual será sometida a la consideración de la Asamblea Nacional. Esta, mediante el voto favorable de las dos terceras partes de sus integrantes, escogerá en un lapso no mayor de treinta días continuos, al o a la titular del órgano del Poder Ciudadano que esté en consideración. Si concluido este lapso no hay acuerdo en la Asamblea Nacional, el Poder Electoral someterá la terna a consulta popular. En caso de no haber sido convocado el Comité de Evaluación de Postulaciones del Poder Ciudadano, la Asamblea Nacional procederá, dentro del plazo que determine la ley, a la designación del titular o la titular del órgano del Poder Ciudadano correspondiente. Los o las integrantes del Poder Ciudadano serán removidos o removidas por la Asamblea Nacional, previo pronunciamiento del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo con lo establecido en la ley».
Artículo 22 de la Ley Orgánica del Poder Ciudadano:
Los integrantes del Consejo Moral Republicano serán removidos o removidas de sus cargos por la Asamblea Nacional, previo pronunciamiento del Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena, que declare que hay mérito para su enjuiciamiento en los siguientes casos:
4. Por incumplimiento o negligencia manifiesta en el ejercicio de sus atribuciones y deberes.
5. Cuando sus actos públicos atenten contra la respetabilidad del Consejo Moral Republicano y de los órganos que representan, y cometan hechos graves que, sin constituir delitos, pongan en peligro su credibilidad e imparcialidad comprometiendo la dignidad del cargo.
8. Cuando en sus decisiones administrativas incurran en grave e inexcusable error, reconocido en sentencia.
9. Cuando en sus decisiones administrativas hagan constar hechos que no sucedieron o dejen de relacionar los que ocurrieron.
Ley Orgánica del Ministerio Público:
Artículo 23. Serán consideradas como faltas graves del Fiscal o la Fiscal General de la República, las siguientes:
2. Actuar con grave e inexcusable ignorancia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de la Ley y del derecho.
3. Violar, amenazar o menoscabar los principios fundamentales establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
La Sala Plena acordó convocar a una audiencia pública, en las que serán notificados Pedro Carreño, la fiscal Luisa Ortega Díaz y los otros integrantes del Consejo Moral Republicano: el defensor Tarek William Saab y el contralor, Manuel Galindo, para que comparezcan en la Sala Plena.
El TSJ indicó además que se encuentran evaluando las otras medidas solicitadas por el parlamentario oficialista contra la titular del Ministerio Público, se encuentran «en estudio».
Tres días antes de introducir este recurso, el parlamentario Pedro Carreño había acudido al Poder Judicial  para introducir un recurso en el que se solicitó «evaluar» la salud mental de la fiscal, Luisa Ortega Díaz.
Por su parte, el secretario general de la OEA, Luis Almagro, repudió la sentencia emanada por el TSJ, acción que calificó como «farsa» e «ilegal».

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