Venezuela

¿Con el estado de excepción se suspenderá el revocatorio?

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El presidente Nicolás Maduro decretó el Estado de Excepción y Emergencia Económica cuyo cuarto considerando dice: “Que el 5 de enero de 2016 dio inicio un nuevo ciclo del Poder Legislativo, a cargo de los representantes políticos de la oposición a la revolución bolivariana, quienes desde su oferta electoral y hasta sus más recientes actuaciones con apariencia de formalidad, han pretendido el desconocimiento de todos los Poderes Públicos promocionando particularmente la interrupción del período presidencial establecido en la Constitución por cualquier mecanismo a su alcance, fuera del orden constitucional, llegando incluso a las amenazas e injurias contra las máximas autoridades de todos los Poderes Públicos”.

Con este decreto se está acusando a la Asamblea Nacional, controlada por la oposición, de desestabilizar al gobierno al promover un referendo revocatorio, el cual ha sido catalogado por voceros del oficialismo como un intento de golpe constitucional.

En la rueda de prensa que sostuvo con periodistas internacionales el pasado 17 de mayo, al referirse a la activación del referendo revocatorio para anular su mandato, el presidente Nicolás Maduro aseveró que: “La oposición quiere golpe de Estado, intervención extranjera y guerra económica. Nosotros no estamos obligados a hacer ningún referendo en este país de ningún tipo”.

Pero no se puede conculcar un derecho político de los ciudadanos desvirtuándolo como parte de un “golpe constitucional” en marcha. La revocatoria de los funcionarios de elección popular fue planteada por el propio Hugo Chávez, quien fue el primero en someterse a un referendo revocatorio y dejar en manos del soberano la decisión de revocar o ratificar su mandato. Y lo hizo con las encuestas en su contra y a sabiendas de que se estaba jugando la suerte de la revolución bolivariana.

A diferencia del ejemplo que Chávez le legó, Nicolás Maduro ha dicho que “el referendo revocatorio es una opción, no una obligación”. Pero resulta que es un derecho político consagrado en la Constitución que el Consejo Nacional Electoral está obligado a canalizar con base en el marco legal que lo rige.

No es un elemento accesorio o decorativo en la Constitución sino un componente esencial de la democracia participativa y protagónica para que la ciudadanía ejerza sus derechos políticos y evalúe si está satisfecha con el gobierno y, sobre esa base, decida soberanamente si lo ratifica o lo revoca. No hay otra vía para resolver de forma constitucional, democrática, electoral y pacífica la actual crisis de gobernabilidad económica, social y política.

– El estado de conmoción interna –

El presidente Maduro advirtió que también podría decretar un “estado de conmoción interna si se presentan hechos de golpismo”. De acuerdo al artículo 338 de la Constitución, hay tres modalidades de estados de excepción: estado de alarma, estado de emergencia económica, y estado de conmoción interior o exterior. Por lo tanto, el estado de conmoción interior es una modalidad del estado de excepción y está siendo invocado por el primer mandatario para atribuirse poderes cada vez más amplios.

Al decretar los estados de excepción en todas y cada una de sus modalidades, Maduro remarca una y otra vez los poderes especiales que asume. Y una vez que se desata la espiral de acumulación y concentración del poder, los derechos civiles y políticos quedan amenazados por las facultades que otorga el estado de conmoción interior para restringir las garantías consagradas en la Constitución. En efecto, mientras el estado de emergencia económica restringe los derechos económicos, en el estado de conmoción interior se pueden conculcar los derechos políticos y civiles.

La Ley Orgánica sobre Estados de Excepción dice en su artículo 13: “Podrá decretarse el estado de conmoción interior en caso de conflicto interno, que ponga seriamente en peligro la seguridad de la nación, de sus ciudadanos o ciudadanas y de sus instituciones, el cual no podrá exceder de noventa días, siendo prorrogable hasta por noventa días más”. Y esos 180 días son más que suficientes para retrasar el referendo revocatorio.

Recordemos que si éste se realiza después de los 4 años, en lugar de convocar a elecciones presidenciales para elegir un nuevo mandatario, será el Vicepresidente designado por Nicolás Maduro quien se encargue de la presidencia para culminar el período constitucional. Esto explica por qué los voceros del oficialismo afirman que este año no habrá referendo.

– ¿Se suspenderá el Referendo Revocatorio? –

En la exposición de motivos subyace la intención de diferir las elecciones regionales y suspender el referendo. El decreto advierte sobre acciones desestabilizadoras cometidas por la oposición política venezolana que controla la Asamblea Nacional, que pudieran ser utilizadas como pretexto para suspender los derechos políticos.

Tal como está redactado, el estado de excepción pudiera ser utilizado para justificar la suspensión del referendo. Al oficialismo no le importa si conculca un derecho constitucional fundamental, porque su interés es aferrarse al poder, aun cuando vaya en contra de un principio sagrado de la democracia participativa y protagónica que postula el ejercicio de la soberanía popular a través del voto.

Suspender las elecciones de gobernadores e impedir que se realice el referendo provocaría un rechazo generalizado al gobierno de Nicolás Maduro en el ámbito internacional. Al ir contra la propia Constitución, el oficialismo cerraría las vías para la solución constitucional, democrática, electoral y pacífica de la actual crisis y tendería la alfombra para las salidas violentas, autoritarias y despóticas.

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