En una Venezuela adolorida por tantos casos de violaciones a los derechos humanos, duelen aún más aquellas historias, en las que el poder arrebató a personas comunes y corrientes, su libertad y convirtió su vida en una pesadilla. Emirlendris Carolina Benítez Rosales es una de ellas.
Nacida hace 45 años en el estado Lara, antes de entrar al infierno de la represión del madurismo era una comerciante de ropa, calzado y cosméticos; madre de dos hijos, una mujer que vendía en los mercados de Barquisimeto. No militaba en ningún partido, no aparecía en las redes gritando consignas. Solo intentaba vivir y mantener a su familia.
El 5 de agosto de 2018, un control policial en el estado Portuguesa cambió para siempre su existencia.
Ella iba de acompañante de su pareja, Yolmer Escalona, quien prestaba un servicio de taxi. En el asiento trasero viajaban dos pasajeros a los que ella no conocía. Un punto de control los detuvo. Sin orden de arresto, sin explicación, sin que nadie le dijera por qué, Emirlendris fue separada, trasladada a Caracas y encerrada en la sede de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (Dgcim) en Boleíta. Tenía cuatro meses de embarazo.
La acusaron de haber participado en el atentado con drones contra Nicolás Maduro ocurrido el 4 de agosto de 2018, durante un acto militar en la avenida Bolívar de Caracas. Le imputaron cargos de homicidio calificado frustrado, terrorismo, traición a la patria, asociación para delinquir, lanzamiento de artefactos explosivos y daños a la propiedad.
No hubo pruebas que la vincularan directamente. Su “delito” fue coincidir en un vehículo con personas que, según las autoridades, estaban relacionadas con el hecho. Ella solo prestaba un servicio de transporte. Como tantas otras veces en Venezuela, la proximidad se convirtió en condena.
Lo que siguió no fue un proceso judicial, sino un calvario. En la Dgcim, según denunciaron su familia, la ONG Foro Penal, Amnistía Internacional y el propio relato que ha emergido tras su liberación, Emirlendris fue sometida a golpes, patadas, asfixia con bolsas plásticas e inmersión de su cabeza en agua. Estando embarazada, las torturas le provocaron la pérdida del bebé. Fue trasladada sedada a un hospital militar, donde le practicaron un curetaje sin su conocimiento ni consentimiento.
Las secuelas físicas se volvieron permanentes. Hernias discales, migración de biopolímeros, dolores crónicos, problemas neurológicos y una movilidad tan limitada que desde hace años depende de una silla de ruedas.
En el Instituto Nacional de Orientación Femenina (INOF) de Los Teques, donde pasó la mayor parte de su reclusión, las condiciones eran precarias: falta de agua, alimentación insuficiente, negación reiterada de atención médica. Su familia debía llevarle comida, medicinas y esperanza. El Estado, que debía garantizar su salud, se negó una y otra vez a autorizar traslados para tratamientos urgentes.
El proceso judicial fue un espejo de la arbitrariedad. La detención preventiva superó con creces el límite legal establecido en el Código Orgánico Procesal Penal venezolano. El 4 de agosto de 2022, exactamente cuatro años después del atentado con drones, el Tribunal Especial Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio de Terrorismo, a cargo de la jueza Hennit López, la condenó a 30 años de prisión, la pena máxima. La Corte de Apelaciones, presidida por Katherine Harrington, ratificó la sentencia.
Organismos internacionales de derechos humanos alertaron de forma reiterada sobre su caso. El poder represivo hizo de oídos sordos.
En febrero de 2022, el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de las Naciones Unidas emitió la Opinión 74/2021 y concluyó que la privación de libertad de Emirlendris era arbitraria. El Grupo exigió su liberación inmediata y pidió al Estado venezolano que le concediera “el derecho efectivo a obtener una indemnización y otros tipos de reparación, de acuerdo al derecho internacional”.
Amnistía Internacional la convirtió en una de sus causas prioritarias. En múltiples informes y acciones urgentes denunció las torturas, la violencia de género, las condiciones inhumanas y la negación de atención médica. La organización pidió reiteradamente su liberación incondicional y alertó sobre el riesgo para su vida e integridad. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos le otorgó medidas de protección en 2020, que el gobierno nunca cumplió de manera efectiva. La Misión Independiente de Determinación de los Hechos sobre Venezuela de las Naciones Unidas incluyó su caso en sus reportes sobre patrones de represión.
Este 14 de agosto, tras ocho años de encierro, Emirlendris salió del INOF bajo una medida humanitaria. Tres días después, en entrevista con el periodista Román Lozinski en Circuito Éxitos, su voz sonaba serena y quebrada al mismo tiempo. “Es algo como una felicidad que uno siente, es como volver a renacer”, dijo.
Y, con la generosidad de quien ha sufrido, pidió por los que siguen adentro: “Hay muchas personas inocentes que no merecen estar en ese lugar… Revisen bien cada expediente”.
Hoy Emirlendris debe cumplir un régimen de presentaciones periódicas, con lo cual el Estado no reconoce a fin de cuentas su inocencia ni asume la responsabilidad de todo lo que ocurrió en estos ocho años. Su libertad no es plena. El expediente no se ha cerrado.
No puede haber más casos como el de Emirlendris Benítez en Venezuela. Su procesamiento fue arbitrario desde el primer minuto. Por eso no basta con una medida humanitaria. Debe recuperar su libertad plena, sin condiciones ni presentaciones. Debe ser indemnizada por el daño irreparable que el Estado le causó. Y debe haber justicia.
Mientras no haya castigo real para los responsables de estos abusos y desmanes, será muy difícil hablar de una verdadera transición en Venezuela.