Según la modificación a la norma, se pagará un ticket por jornada cuyo valor no podrá ser inferior a 0,50 Unidades tributarias ni mayor a 0,75. Además establece que cuando el beneficio de alimentación sea cancelado en efectivo, el pago deberá ser igual a lo antes dicho. El incremento será a partir del 1° de diciembre.
Además se estable que si el trabajador recibe sus tickets alimentación calculados entre 0,25 UT y 0,50 UT, «se ajustará incrementando de manera lineal el beneficio percibido en 0,25 UT».
Si el trabajador recibe sus tickets alimentación calculados en un rango mayor a 0,50 UT, pero menor a 0,75 UT, «se ajustará al límite superior de 0,75 UT».
El incremento fue anunciado por el presidente Nicolás Maduro el pasado 3 de noviembre cuando además informó el incremento del salario mínimo. Este también fue oficializado en la Gaceta de este martes.