La institución agregó que el acceso a las cuentas y al sistema debe ser permitido desde el exterior únicamente a los clientes que realicen la notificación correspondiente a su banco. Esto fue informado a través de la circular N° 14539 con fecha 27 de agosto de 2018.
Por su parte, el superintendente Antonio Morales dijo que los bancos debieron informar a sus clientes desde el 27 de agosto de 2018 que “de tener previsto viajar fuera del territorio nacional y requieran hacer uso o movilizar sus instrumentos financieros bajo cualquier tipo de operación, estos deberán notificar previamente (…) indicando expresamente el lugar o lugares de destino y el periodo correspondiente”.
Por lo tanto, desde esa fecha, los bancos que identificaran “alguna transacción que corresponda a clientes que no hayan efectuado la notificación (de salida del país), cuyas direcciones IP se encuentren fuera de la República Bolivariana de Venezuela, deberá efectuar de manera preventiva un condicionamiento especial que imposibilite los accesos para realizar transferencias en línea de los instrumentos pertenecientes a dicho cliente”.
Finalmente, los bancos se encuentran en la obligación de informar semanalmente a la Sudeban todos los datos de los clientes que notifiquen que viajarán, los IP de todas las operaciones que se efectúen desde el exterior y los datos de los clientes que intentaron acceder al sistema sin avisar de su viaje.
Con información de TalCual.com