Medida de Sudeaseg obliga a aseguradoras a cubrir emergencias por sismo (+detalles)

Tras el doble sismo que sacudió al país, el ente regulador obliga a las compañías de salud y medicina prepagada a garantizar atención médica inmediata a los heridos

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La Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeaseg) emitió una medida excepcional para proteger a la ciudadanía tras la contingencia sísmica que sacudió al país. A través de la circular SAA-01-0137-2026, el ente regulador instruyó a todas las empresas del sector y de medicina prepagada a levantar de forma temporal la exclusión por catástrofes naturales en las pólizas de salud y de accidentes personales.

El objetivo central de la resolución es garantizar la atención médica inmediata, oportuna y sin trabas administrativas de todos los asegurados que resultaron heridos a causa del doble sismo registrado el pasado 24 de junio, eventos que hasta la fecha han dejado un saldo lamentable de 1.450 fallecidos en todo el territorio nacional.

Lo que debe saber el asegurado

La resolución de la Sudeaseg es clara en cuanto a los derechos inmediatos de los usuarios:

  • Cobertura total: Las empresas deben procesar y admitir los siniestros de salud derivados de las lesiones sufridas por los sismos.
  • Trámites simplificados: Se instruyó la eliminación de trabas administrativas para que la atención médica sea inmediata.
  • Canales prioritarios: Las aseguradoras deben mantener vías de atención exclusivas para los afectados por la contingencia.

El impacto financiero bajo la lupa

A pesar del alivio que representa para los ciudadanos, la medida altera la estructura técnica sobre la que se calculan las pólizas en el país. María del Carmen Bouffard, especialista en el área de seguros, explicó en entrevista para Unión Radio que este tipo de riesgos catastróficos normalmente están excluidos de los contratos de salud debido a su magnitud.

Al asumir costos no contemplados en las primas, el impacto financiero para las empresas podría ser severo. Según Bouffard, la Sudeaseg tendrá que evaluar a la brevedad mecanismos de compensación para equilibrar el sector, entre los que destacan el reajuste o liberación de reservas operativas y alivios en el ámbito tributario, tales como exenciones, exoneraciones o rebajas fiscales temporales mientras dure la contingencia.

¿Qué pasa con los autos y las viviendas?

La especialista aclaró que esta flexibilización aplica estrictamente para el ramo de salud y accidentes personales. El resto de las pólizas patrimoniales operan bajo realidades muy distintas. Por ejemplo, en el caso de los vehículos, la cobertura contra terremotos no es automática; se comercializa como un anexo opcional que el asegurado debe verificar si tiene contratado.

Por otro lado, Bouffard lamentó que la contratación de pólizas para el hogar sea críticamente baja en Venezuela. La realidad económica de los últimos años ha obligado a la población a priorizar exclusivamente el resguardo de la salud, dejando desprotegidos los bienes inmuebles ante eventos de esta magnitud.

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