Economía

Establecen nuevas cuotas mínimas de pólizas de seguros solidarios

La Superintendencia de la Actividad Aseguradora, a través de una providencia publicada en la Gaceta Oficial 40.799 que circula este martes, estableció el número mínimo de pólizas de seguros solidarios de salud, accidentes personales y funerarios asignados a las empresas aseguradoras para el período 2015.

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La norma establece que jubilados, pensionados, adultos mayores, personas con discapacidad, enfermedades físicas o mentales y aquellos cuyos ingresos mensuales no superen las 25 unidades tributarias (Bs 3.750) pueden solicitar este tipo de pólizas.

«Una persona no podrá figurar como asegurado, titular o dependiente, en más de una póliza de seguro solidario del mismo ramo, en la misma o en cualquier otra empresa de seguros», precisa el artículo 2, literal C de la norma.

Las empresas de seguros están obligadas a ofrecer y suscribir pólizas de seguros solidarios a cualquier persona que forme parte de la población asegurable.

A continuación las 10 empresas, de un total de 47, con mayor cuota asignada:

Cuotas mínimas de pólizas de seguro solidario

Las empresas de seguros autorizadas para operar en los ramos generales y vida simultáneamente, deben suscribir un porcentaje mínimo de pólizas de seguros solidarios, por tipo de seguro, de acuerdo con la siguiente distribución: salud 60%, accidentes personales 10%, funerarios 10%.

Mientras que las pólizas de Seguros Virgen del Valle y Seguros La Fe serán sólo de tipo funerario, y de Seguros La Internacional tendrán una distribución de 60% en cobertura de salud y 20% en accidentes personales.

Las nuevas cuotas entran en vigencia con la publicación de la Gaceta.

Cuotas mínimas de pólizas de seguros solidarios

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