Economía

Llevarán a la nueva Asamblea propuesta para restituir la propiedad privada

Con la mira puesta en las elecciones parlamentarias del 6 de diciembre, que se visualizan como un antes y un después del gobierno de Nicolás Maduro, actores privados se preparan para presentar ante los representantes del pueblo, un proyecto legal que permita recuperar y garantizar el derecho a la propiedad privada.

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Una de las políticas de Estado que de manera sistemática comenzó a aplicarse -desde 2005 en tiempos de Hugo Chávez- fue el desconocimiento de la propiedad privada garantizado en el artículo 115 de la Constitución de Venezuela, aprobada en 1999, y en el Derecho Internacional.

«No se trató de casos aislados de afectaciones a este derecho, sin conexión entre sí, sino de violaciones sistemáticas, generalizadas, conscientes y esenciales del proyecto político socialista del Ejecutivo Nacional, dirigidas a abolir en forma definitiva la propiedad privada de los venezolanos», señala la exposición de motivos del anteproyecto de Ley Orgánica de Restitución y Garantía de la Propiedad Privada, elaborado por el Observatorio de los Derechos de Propiedad de Cedice y la asociación civil Un Estado de Derecho (UED).

La propuesta será presentada a la nueva asamblea que iniciará funciones en enero de 2016, informó Luis Alfonso Herrera, miembro del Observatorio y de UED.

La mayoría de los afectados no ha obtenido justicia en sus casos: indemnización por la pérdida material que sufrieron, una compensación por el daño moral experimentado, ni se han establecido las responsabilidades de quienes, como funcionarios, ejecutaron esas violaciones a estos derechos.

El Observatorio de Derechos de Propiedad refleja que entre 2005 y 2014 se cometieron alrededor de 2.740 violaciones a los derechos de propiedad privada, fundamentalmente a través de actos del Ejecutivo Nacional, como decretos de expropiación, ocupaciones temporales e intervenciones, pero también a través de actos de otros Poderes, como leyes dictadas por la Asamblea Nacional y sentencias de diferentes tribunales de la República, y de actuaciones de particulares contrarias a Derecho, como invasiones y tomas con uso de la fuerza, apoyadas o consentidas por el Estado.

También se deben añadir a las fuentes de esas violaciones actos de alcaldes y gobernadores, similares a los de la Presidencia de la República.

Además de las pérdidas materiales y los daños morales ocasionados a las víctimas (propietarios y a sus familias, pero también, en el caso de empresas activas, a los trabajadores, a los proveedores, a las comunidades y municipios en que aquéllas operaban, a las rentas locales y nacionales por la pérdida de tributos),  ha generado desconfianza y merma en la producción.

Para revertir esta situación Cedice considera imperativo dictar una legislación especial, «orientada por los principios de la justicia transicional, dirigida, en primer lugar, a restituir los derechos de propiedad que fueron violados por el Estado venezolano, y en segundo lugar, a establecer vías concretas para hacer efectiva esa restitución y al mismo tiempo impedir nuevas violaciones a los derechos de propiedad».

Se fijó como fecha de inicio para determinar qué casos podrán ser sometidos a esta ley el mes de noviembre de 2001, cuando se dictó una serie de decretos con rango de ley que incluyeron normas que en forma directa violaban derechos de propiedad privada, y como fecha de cese de ese período los dos años de que dispondrán las víctimas de violaciones a esos derechos para presentar sus reclamos ante la autoridad competente que se crea en esta ley.

Sin embargo, no significa que quienes no acudan a la autoridad competente creada por esta ley en el tiempo establecido para ello perderán su
derecho constitucional, imprescriptible por demás, a demandar la reparación de los daños que hayan sufrido por violaciones a sus derechos de propiedad
privada, sino únicamente que no podrán acudir a esa autoridad, por lo tanto deberán acudir en forma directa a los tribunales competentes, y exigir la
reparación a través de las vías procesales ordinarias, señala la exposición de motivos de la propuesta.

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