Economía

Cedice Libertad: Presupuesto nacional no puede aprobarse sin la Asamblea

El Observatorio de Gasto Público condenó las declaraciones del ministro de Comercio Exterior, Jesús Faría, quien dijo desconocer si el presupuesto nacional se llevará este año al Parlamento.

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Bolívares

Es obligatorio que el Poder Ejecutivo consigne ante la Asamblea Nacional (AN) la Ley de Presupuesto Nacional 2017, ya que cualquier otro método para validar este instrumento que no pase por la instancia legislativa es nulo, señaló el Centro de Divulgación del Conocimiento Económico para la Libertad (Cedice Libertad), en nota de prensa.

En entrevista con Globovisión, aunque reconoció que el Presupuesto de la Nación debe ser aprobado por el Parlamento, Faría aseguró que “no tenemos Asamblea Nacional en Venezuela”, por lo que dijo no saber “cuál será el mecanismo” para esta aprobación. “Lo único que puedo decir es que nada impedirá que el gobierno cumpla con sus funciones”, agregó el ministro.

“El Presupuesto de la Nación se basa en los ingresos que por vía de impuestos paga la ciudadanía. Su distribución en el gasto debe hacerse siguiendo las preferencias de la sociedad, y el cuerpo que mejor representa este mandato de la sociedad es el Poder Legislativo”, dijo Sary Levy-Carciente, coordinadora del Observatorio de Gasto Público de Cedice Libertad, y miembro de la Academia de Ciencias Económicas y Sociales.

A juicio de Levy, el desconocimiento a la institución parlamentaria, en particular en lo referente a la aprobación del Presupuesto Nacional, solo contribuirá a aumentar la opacidad y discrecionalidad que ha caracterizado al gobierno en los últimos 17 años.

Con la extensión del Decreto de Excepción y Emergencia Económica el 13 de septiembre, el Ejecutivo puede decretar una normativa excepcional para la asignación de recursos presupuestarios, la distribución de los egresos y las operaciones de financiamiento, sin compensaciones entre sí, que regirán para el ejercicio económico financiero 2017, si resultare imposible tramitar el Presupuesto 2017 oportunamente, con el objeto de evitar daños irreparables el Patrimonio Público, de acuerdo con el numeral 4 del artículo 2 del decreto 2.452.

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