Henry Alviarez, un estrecho colaborador de María Corina Machado en su condición de coordinador nacional de Vente Venezuela, fue liberado hace un par de semanas tras casi dos años de detención arbitraria en El Helicoide.
Alviarez utilizó su primera intervención pública para no solo denunciar las aberraciones del aparato judicial, sino para proponer reformas concretas que buscan restaurar, paulatinamente, el Estado de Derecho. Sus palabras, pronunciadas ante un auditorio de militantes y excarcelados, en lo que originalmente sería una rueda de prensa en el estado Lara, terminó siendo un llamado urgente a la rectificación a quienes ocupan el poder.
Abogado con una trayectoria impecable en el ámbito gremial y académico, Alviarez no habla desde el resentimiento personal, aunque su experiencia como preso político le confiere una autoridad innegable: «Salimos de la prisión fortalecidos espiritualmente, podemos decir que no hay odio, que no hay resentimiento», afirmó.
Como expresidente del Colegio de Abogados del estado Lara por más de una década, cofundador de la Escuela de Derecho de la Universidad Fermín Toro –donde fungió como catedrático, subdirector y decano encargado– y profesor en la Universidad Yacambú, su perfil lo posiciona como un experto en derecho procesal penal.
Lo señalado por Alviarez no debe verse como una intervención aislada. Surge en un momento en que el gobierno venezolano ha impulsado una «ley de amnistía» que, según Alviarez, representa una «confesión clara de que en Venezuela sí había presos políticos».
Su diagnóstico revela una erosión sistemática del debido proceso: subordinación judicial al poder ejecutivo, opacidad procesal y complicidad institucional que transforma la justicia en un mecanismo de control político.
- Restablecimiento del control judicial en las detenciones: «Más nunca en Venezuela a partir de hoy puede haber un detenido sin una orden judicial», enfatizó Alviarez. Esta demanda se ancla en el artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), que establece el principio de reserva legal y judicial en materia de libertad personal. En la práctica actual, detenciones de facto sin orden previa han invertido la lógica del proceso penal: el arresto se convierte en la regla, no en la excepción controlada por un juez.
Desde su experiencia en El Helicoide, Alviarez reporta que el 80% de los detenidos eran «secuestrados políticos», sin un procedimiento que sustentara su privación de libertad.
Alviarez advierte que «se les agota el tiempo» a los funcionarios del sistema de administración de justicia en Venezuela para rectificar, insinuando que un cambio político inminente podría juzgar su complicidad.
- Garantía del derecho a la defensa con abogados de confianza. «Quien sea detenido, permítanle tener un abogado de su confianza», exigió Alviarez, denunciando la imposición masiva de defensores públicos como una herramienta de aislamiento. En su caso personal, a pesar de ser un exdecano y tener más de 15 abogados en su familia, se le asignó un defensor público con quien interactuó apenas 2-3 minutos en dos años. «Al 80% de las personas que están en El Helicoide los defienden defensores públicos», reveló, calificándolos como «un instrumento para acompasar la complicidad».
Esta propuesta se fundamenta en el artículo 49 de la CRBV, que garantiza el derecho a la defensa y a ser asistido por un abogado de elección. La realidad actual invierte esta garantía: los defensores públicos, dependientes del Estado, facilitan la opacidad y evitan impugnaciones. Alviarez ilustra cómo esta práctica aísla al imputado, impidiéndole una representación adecuada y perpetuando detenciones indefinidas.
- Transparencia y acceso universal al expediente. «Permitan que la gente que sea acusada y defendida o señalada y detenida tengan acceso a sus expedientes», propuso Alviarez, destacando la opacidad como un pilar de la injusticia. En su experiencia, incluso durante su asilo en la Embajada de los Países Bajos, le fue imposible acceder a las actuaciones en su contra. Esta ocultación impide impugnar actuaciones arbitrarias y convierte el sistema en un «esquema de complicidad administrativa».
Anclada en el principio de publicidad procesal (artículo 49 CRBV), esta demanda exige que los expedientes sean accesibles para imputados, familiares y abogados, incluso en el exilio. La anomalía actual viola el derecho a ser informado de la naturaleza y causa de la acusación, facilitando «tramas» procesales fabricadas.
- Efectividad de la libertad y control de ejecución de penas. «Persona que haya sido condenada y haya cumplido su pena, tiene que salir inmediatamente en libertad o aquellos casos en los que haya órdenes de liberación», urgió Alviarez. Partiendo de la observación que hizo dentro de El Helicoide, reporta casos de detenidos que permanecen encarcelados por «capricho» tras cumplir condenas, o con boletas de excarcelación ignoradas. Esto implicaría una auditoría urgente de los Tribunales de Ejecución.
Fundamentada en la tutela judicial efectiva (artículo 26 CRBV), aborda el «retardo procesal sistémico» y la prolongación ilegal de penas. Ofreció a centenares de abogados voluntarios de Vente Venezuela para revisar estas decisiones.
Y de remate, Alviarez insistió: «No puede haber reconciliación genuina mientras existan más de 500 presos políticos».