Gutiérrez señaló que, según los artículos 31 y 23 de la Constitución Nacional, la petición de libertad del Comité contra la Tortura de la ONU debió haber sido acatada por parte del Tribunal 28 de juicio.
Además, indicó que en próximo días presentaran ante la Corte de Apelaciones de Caracas un nuevo recurso de apelación. “Tendremos nuestros recursos de apelaciones para seguir batallando. Ahora, la expectativa desde el punto de vista jurídico es que ese pronunciamiento liberatorio le corresponde a la Corte de Apelaciones de Caracas”
Asegura que decisión de la jueza Barreiros no tiene fundamentos, puesto que usó la misma tesis planteada para la decisión emitida por el Grupo de Trabajo de Detenciones Arbitrarias y que ya había sido objeto de análisis por el tribunal a su cargo.
El Tribunal negó la libertad pedida por el Grupo de Trabajo de Detenciones Arbitrarias alegando que este grupo no forma parte de ningún tratado. Sin embargo, el Comité contra la Tortura, que también había hecho la solicitud, sí pertenece a los tratados internacionales, por lo que “era de obligatorio cumplimiento para la República Bolivariana de Venezuela”, dice Gutiérrez. “Hay indebida aplicación de normas nacionales e internacionales”, asegura.
En cuanto a posibles sanciones para el Estado venezolano de no cumplir con las peticiones realizadas por las Naciones Unidas, el penalista indicó que sí hay responsabilidades internacionales en caso de que Venezuela no cumpla con los Pactos Internacionales. Agregó que acudirá a la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
La próxima audiencia de juicio continuará el próximo 18 de diciembre a la 1:00 pm. “La juez decidió diferir alegando la falta de comparecencia del señor Leopoldo López, en todo caso hay que sentarse con él, entregarle la copia de la decisión que niega su libertad y evaluar el escenario jurídico”, puntualizó Gutiérrez.