Venezuela

TSJ da luz verde a Tarek William Saab para montar fiscalía paralela

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia sentenció que la Defensoría del Pueblo tiene facultades para investigar, emitir opiniones y recibir denuncias requiriendo, si es necesario, la colaboración de los demás órganos del Poder Público".

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FOTOGRAFÍA: CRISTIAN HERNÁNDEZ

Respondiendo a una solicitud de interpretación interpuesta por el defensor del pueblo Tarek William Saab sobre los artículos 49, 280, 281 y 285 de la Constitución vigente, la Sala Constitucional, en ponencia conjunta, decidió ratificar que «el Defensor del Pueblo tiene atribuidas las funciones de promoción, defensa y vigilancia de los derechos y garantías constitucionales y los Tratados Internacionales sobre derechos humanos. Además de la promoción, defensa y vigilancia de los intereses legítimos, colectivos y difusos de los ciudadanos».
También la Sala señala que «la Defensoría del Pueblo tiene amplias competencias de actuación, las cuales no son sólo preventivas sino también de acción y reparación», y decide que esa institución «tiene facultades para investigar, emitir opiniones y recibir denuncias requiriendo, si es necesario, la colaboración de los demás órganos del Poder Público».
El máximo juzgado además apunta en su sentencia 469 que el despacho de Saab «ostenta la legitimación procesal para demandar ante órganos jurisdiccionales las violaciones contempladas en sus competencias».



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