Venezuela

Delcy Rodríguez pide a la Asamblea Nacional la reforma parcial de la Ley Contra el Odio

Rodríguez considera que la medida, que tiene carácter de urgencia, puede retomar la confianza en las instituciones y estimular la "dinamización de la vida democrática de la nación". Entre 2017 y 2024, la ONG Espacio Público registró más de 120 casos de vulneración a la libertad de expresión por esta ley

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Derechos Humanos

Delcy Rodríguez, presidenta interina de Venezuela, solicitó a la Asamblea Nacional la reforma parcial de la Ley Contra el Odio por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia. La decisión viene con el objetivo de «avanzar en la despenalización de los tipos penales previstos en esta norma y para corregir desviaciones en su aplicación».

Según Rodríguez, la «reforma busca abrir nuevos espacios para el reencuentro entre los venezolanos y promover la tolerancia a la diversidad en pleno respeto a la dignidad humana».

La presidenta interina considera que la reforma puede regenerar confianza en las instituciones y en la «dinamización de la vida democrática de la nación».

La Ley Contra el Odio, como es conocida popularmente, fue aprobada el 8 de noviembre de 2017 con el objetivo de castigar «la incitación al odio». La pena más larga es de 20 años.

Por acusaciones presuntos delitos de odio fueron detenidas cientos de venezolanos. Solo en el primer año, la ONG Espacio Público reportó 45 imputados y hasta junio de 2023 su registro llegó a 85. Esta cifra se elevó luego de la represión y persecución por protestas en rechazo a los resultados de las elecciones presidenciales de 2024.

La Ley Contra el Odio se ha aplicado contra civiles disidentes, periodistas, activistas, políticos y defensores de derechos humanos.

¿Cuántos han sido afectados por esta ley?

Espacio Público indicó en un reporte, publicado el pasado abril, que entre 2017 y 2024 se registraron más de 120 casos de vulneración de la libertad de expresión vinculados a la ley. En el período poselectoral inmediato se documentaron 73 detenciones por ejercer la libertad de expresión, de las cuales 33 invocaban supuestos delitos de “instigación al odio”.

La ONG Provea, que también ha hecho seguimiento a la aplicación de esta ley, ha reiterado que es una norma ilegal.

«Al ser tan vaga e imprecisa puede ser aplicada a cualquier persona que manifieste una opinión o realice alguna actividad crítica contra el gobierno», indicó Provea. Y resaltó: «Representa una forma de criminalización a los derechos humanos de libertad de expresión, manifestación pacífica y participación política».

Oscar Murillo, coordinador general de Provea, ha explicado que la Ley Contra el Odio no es la única norma que restringe los derechos ciudadanos de los venezolanos.

«La Ley Orgánica Libertador Simón Bolívar contra el Bloqueo Imperialista y en Defensa de la República Bolivariana de
Venezuela; la Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las ONG y Afines; la derogatoria del estado de conmoción exterior y las disposiciones del Código Penal han sido utilizadas para criminalizar a personas críticas con la gestión gubernamental o defensores de derechos humanos», recordó.

Tras el anuncio de Rodríguez, Murillo expresó: «Exigimos cambios genuinos y creíbles. El país rechaza cualquier mecanismo de simulación. Requerimos avanzar en el proceso de reconstrucción institucional».

«Despenalizar no es suficiente»

El Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa (SNTP) señaló que la «revisión de la Ley contra el Odio debe desmontar tanto la penalización de la expresión como los mecanismos de censura que contiene la norma. Eliminar las penas de prisión sería un avance importante, pero no es suficiente si se mantienen disposiciones que permiten revocar concesiones de radio y televisión, bloquear portales, imponer multas y ordenar el retiro de contenidos».

Por ejemplo, el SNTP explica que el artículo 22 tiene que ser eliminado o reformado de manera sustancial.

«Esta disposición permite revocar la concesión de una emisora de radio o televisión y, en el caso de medios electrónicos y redes sociales, establece multas de entre 50.000 y 100.000 unidades tributarias y permite el bloqueo de portales cuando determinados contenidos no sean retirados en seis horas», detalla.

El SNTP exige que más allá de una reforma, la ley debe ser derogada: «Una reforma limitada a la despenalización dejaría vigentes restricciones muy graves para la libertad de prensa y de expresión».

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