El Estado Comunal se impondrá con la reforma constitucional
El nuevo Estado que se propone el madurismo está inspirado en la rechazada reforma constitucional planteada por Hugo Chávez en 2007
El nuevo Estado que se propone el madurismo está inspirado en la rechazada reforma constitucional planteada por Hugo Chávez en 2007

El 15 de enero durante el acto de rendición de cuentas ante la Asamblea Nacional, Nicolás Maduro anunció una reforma constitucional que deberá hacerse este año 2025 para construir el nuevo Estado socialista.
Designó una comisión nacional para trabajar en una propuesta de reforma constitucional integrada por el fiscal general, Tarek William Saab, como presidente; en la que también estarán Cilia Flores, Delcy Rodríguez y el diputado Hermann Escarrá.
En paralelo anunció que comenzará a operar el “nuevo sistema de gobierno comunal” en más de 5.000 circuitos en todo el país, que serían la base del nuevo modelo que aspira implantar llamado “Estado Comunal”.
Esta es la segunda vez que Maduro propone una reforma constitucional. En 2017 convocó una Asamblea Constituyente saltándose la obligación de la aprobación mediante consulta popular. Al final, no hizo cambios en la Constitución pero dicha Asamblea asumió las funciones del Parlamento que, para entonces, tenía mayoría opositora.
Desde el pasado mes de diciembre Maduro ya había manifestado su intención de aplicar una reforma y mencionado también la conformación de un equipo de “expertos”. Es, si miramos hacia atrás, una práctica recurrente.
Chávez cambió la Constitución de 1961 e intentó implantar el Estado socialista en la fracasada reforma de 2007. Con esta nueva propuesta de Maduro ya serían tres los intentos de cumplir el propósito de establecer en la Constitución un régimen claramente socialista y centralizado. En las actuales condiciones del país, esta reforma se haría con un control más cerrado sobre los poderes públicos y la oposición mayoritaria excluida de la vida política estructural.
Maduro anunció que este año habrá seis consultas para proyectos comunitarios en todo el país y 10 elecciones con la mayoría opositora excluida. La primera consulta estaba prevista para el 2 de febrero. El referendo para aprobar la reforma constitucional podría -o debería- ser uno de esos procesos electorales.
La primera reforma fue convocada en 1999 por Chávez y es la que dio origen a la actual “Constitución Bolivariana”, poco después de asumir la presidencia.
“A pesar de no haber estado prevista en la Constitución de 1961 como un procedimiento de reforma constitucional, fue convocada previa consulta popular expresada en un referendo consultivo. Allí́ se inició esta modalidad de reformas constitucionales en Venezuela, hechas en fraude a la Constitución, en una práctica que se ha aplicado durante la década de gobierno autoritario que ha padecido el país (1999-2009)”, explicó el abogado constitucionalista Allan Brewer Carías, en su libro “Reforma constitucional y fraude a la Constitución”.
El proceso constituyente se aprobó mediante un referendo consultivo el 25 de abril de 1999, en el cual votaron 4.137.509 de 11.022.936 electores registrados, con una abstención de 62,2%. El “sí” obtuvo 92,4% y el “no” 7,6% de los votos.
La Asamblea Nacional Constituyente fue electa el 25 de julio de 1999, con una abstención de 53,7%, resultando 131 constituyentes electos, 125 del chavismo y solo 6 de la oposición.
Brewer Carías enfatizaba que “la ruptura del hilo constitucional contra la Constitución de 1961, lo dio la propia Asamblea Nacional Constituyente que se instaló el 3 de agosto de 1999. Al aprobar su Estatuto de Funcionamiento se declaró a sí misma depositaria de la voluntad popular y expresión de su soberanía con las atribuciones del Poder Originario para reorganizar el Estado Venezolano y crear un nuevo ordenamiento jurídico democrático”.
De esta forma, la Asamblea Constituyente se auto-atribuyó potestades por encima de la Constitución de 1961, cuyas normas establecieron que sólo se mantendrían en vigencia “en todo aquello que no colida o sea contrario con los actos jurídicos y demás decisiones de la Asamblea Nacional Constituyente”.
En enero de 2007, al tomar posesión de su segundo mandato (2007-2013), Chávez anunció al país que propondría una reforma a la Constitución de 1999 y designó a un equipo encabezado por el presidente de la Asamblea Nacional.
En su libro Brewer Carías señala que el Chávez comprometió de antemano en su proyecto a los titulares de todos los poderes públicos, indicando en forma expresa en el Decreto que el trabajo del Consejo Presidencial para la Reforma se debía realizar “de conformidad con los lineamientos del Jefe de Estado en estricta confidencialidad”. Es decir, el Consejo no tenía libertad de pensamiento, lo que es contrario a los principios que deben guiar cualquier reforma constitucional en un país democrático.
Las pautas apuntaron a la conformación de un Estado del Poder Popular o del Poder Comunal, o Estado Comunal, estructurado desde los consejos comunales que ya habían sido creados en 2006 al margen de la Constitución, como unidades u organizaciones sociales no electas mediante sufragio universal, sin autonomía territorial, supuestamente dispuestos para canalizar la participación ciudadana, pero conforme a un sistema de conducción centralizado desde la cúspide del Poder Ejecutivo Nacional. Y por la otra, a la estructuración de un Estado socialista, con una doctrina oficial socialista y “bolivariana”, sustituyendo al sistema plural de libertad de pensamiento y acción.
El 2 de noviembre de 2007, la Asamblea Nacional sancionó el proyecto de reforma a la Constitución de 1999 que el Presidente de la República le había presentado el 15 de agosto de 2007 y fue sometido a referendo fijado para el 2 de diciembre del mismo año. El proyecto fue rechazarlo por la mayoría de los venezolanos que votaron.
Brewer Carías destaca en su libro: “Reforma constitucional y fraude a la Constitución”, que se buscaba cambiar radicalmente el modelo de Estado descentralizado, democrático, pluralista y social de Derecho, regulado en la Constitución de 1999, por el de un Estado socialista, centralizado, policial y militarista, con una doctrina oficial ‘bolivariana’, que se identificaba como “el Socialismo del Siglo XXI”.
El 30 de julio de 2017, en medio de unas controvertidas elecciones, se eligió una Asamblea Nacional Constituyente que no redactó una nueva Constitución ni reformó la vigente, tal como se anunció. En cambio, el organismo tomó las funciones del Poder Legislativo formal que para ese momento contaba con mayoría opositora y ejerció la función legislativa hasta diciembre de 2020, cuando fue disuelta una vez que el chavismo recuperó la mayoría aplastante de diputados.
Esa operación se hizo en medio de grandes protestas sociales por escasez de alimentos, hiperinflación colapsos de servicios públicos y con la Asamblea Nacional controlada por la oposición, pero anulada en sus funciones prácticas.
El 4 de agosto de 2017 entra en funciones la Asamblea Nacional Constituyente, y alegando la preservación de la paz, seguridad y soberanía asume las competencias propias del Poder Legislativo continuando un proceso de desmantelamiento de la Asamblea opositora que ya se venía operando a través del Tribunal Supremo de Justicia.
Entre las medidas tomadas por el organismo se procedió a la destitución de la fiscal general Luisa Ortega Díaz; se convocó a elecciones de gobernadores; de alcaldes y se adelantaron las presidenciales para el 20 de mayo de 2018. Desde allí se aprobaron regulaciones como la Ley por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia.
El artículo 347 de la Constitución reserva la figura de la Asamblea Nacional Constituyente para “transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución.” Especifica que corresponde el poder constituyente originario exclusivamente al pueblo, solo el pueblo puede convocar una Asamblea Constituyente. No lo puede hacer ni el presidente de la República ni ningún otro órgano del Estado.
El artículo 347 indica claramente: “El pueblo de Venezuela es el depositario del poder constituyente originario. En ejercicio de dicho poder, puede convocar una Asamblea Nacional Constituyente con el objeto de transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución”.
El artículo 348 señala: “La iniciativa de convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente podrán tomarla el Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros; la Asamblea Nacional, mediante acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes; los Concejos Municipales en cabildo, mediante el voto de las dos terceras partes de los mismos; o el quince por ciento de los electores inscritos y electoras inscritas en el Registro Civil y Electoral”.
Esto quiere decir que en definitiva, la iniciativa para proponer la convocatoria de una Asamblea Constituyente solo la puede hacer el pueblo mediante referendo, que es la forma constitucional para expresar su voluntad.
La juramentación de Nicolás Maduro para gobernar por seis años más sigue en duda para gran parte del país y más de 30 países democráticos. Las actas que demuestren su triunfo no fueron corroboradas ni publicadas con el aval de testigos y participantes. De manera que lo que señala la Constitución en su artículo 5: “La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público”, estarían en duda al momento de querer establecer para Venezuela un profundo cambio en el Estado con una nueva Reforma Constitucional.
Aunque aún no se conoce cuál es el proyecto de reforma del nuevo Estado, las bases están señaladas en el Plan Patria 2019-2025 en el que se anunció la necesidad de la reforma constitucional. Allí en su introducción se estableció “continuar construyendo el socialismo bolivariano del Siglo XXI en Venezuela como alternativa al sistema destructivo y salvaje del capitalismo”.
Para ello señala que en ejercicio del poder constituyente originario se puede convocar una Asamblea Nacional Constituyente con el objeto de transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución.
Durante su discurso cuando Maduro anunció la venidera reforma sentenció: “El 10 de enero ocurrió lo que debía ocurrir (…) fue el día de la consolidación de la fusión cívico militar y policial” y dijo: “A ponerse las alpargatas con el gobierno comunal”.