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Ley de nietos: experto explica cuáles son las condiciones para conseguir la nacionalidad española

Alejandro Scudiero, abogado y fundador del despacho especializado en migración y extranjería Tu Gestión España, aclara en esta entrevista cuáles son las condiciones y vías para conseguir algunos requisitos para aplicar a Ley de Memoria Democrática o "Ley de Nietos"

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La Ley de Memoria Democrática o «Ley de Nietos» abrió la puerta para que descendientes de ciudadanos españoles exiliados obtengan su nacionalidad. La noticia ha sido recibida con entusiasmo por cientos de personas, pero también generó dudas sobre los requisitos y condiciones que deben cumplirse para conseguirla con seguridad.

Alejandro Scudiero, abogado especialista en el área migratoriay fundador de Tu Gestión España, un despacho profesional especializado en materia de inmigración, extranjería y nacionalidad española, responde en esta entrevista con El Estímuloalgunas preguntas frecuentes sobre esta nueva oportunidad para resarcir los daños que dejó la dictadura de franquista y la Guerra Civil de España.

—¿Quiénes pueden aplicar a la Ley de Memoria Democrática?

Hay tres supuestos. Los primeros son los hijos y nietos nacidos en el extranjero de españoles originarios que hayan perdido o renunciado a la nacionalidad española por motivos del exilio. Por causa de su ideología, orientación sexual, entre otras. Aquí el tema sería cómo comprobar la condición de exilio.

El otro grupo serían los hijos o hijas de mujeres españolas nacidos en el extranjero antes de 1978. Son quienes no pudieron tenerla porque a su madre se le privó de la misma por haberse casado con un ciudadano extranjero.

Y todos los que no se beneficiaron en la antigua norma de memoria histórica de 2007, es decir, todas las personas mayores de edad. Fue un error de la ley pasada, entonces ahora los hijos mayores pueden aspirar.

¿Qué diferencia hay entre la ley actual y la del año 2007?

—La ley actual incluye a los hijos de mujeres españolas que antes del 78 nacieron en el extranjero y por ende no pudieron tener la nacionalidad; y segundo que incluye a los hijos mayores de edad que no se beneficiaron en la de 2007. Es decir, es mucho más amplia. Se estima que son 300 mil personas las que se van a beneficiar.

—¿Cuánto tiempo hay para aplicar a Ley de Nietos?

—Esta ley da un tiempo de dos años para hacer la aplicación de la nacionalidad con una prórroga de un año siempre y cuando lo apruebe el Consejo de Ministros de España.

—¿Estos requisitos dónde se deben entregar?

Esta es una solicitud que se debe hacer de manera personal ante el consulado del país de domicilio de la persona. Si el país de domicilio difiere con el de nacionalidad, el consulado de domicilio va a remitir el expediente a donde nació esta persona para que resuelva el proceso.

—Armar un expediente de exiliado, después de tantos años puede resultar complicado o desconocido para las personas, ¿qué documentos debería incluir la persona?

Siempre hay que demostrar la línea filiatoria que tengan los abuelos, los padres y la personal. También se puede anexar cualquier pensión que haya tenido el abuelo por ser exiliado otorgada por el gobierno de España; cualquier certificado que puedan tener de las Naciones Unidas de atención a los refugiados; cualquier organización que atienda a los refugiados en el país de acogida; el pasaporte con el sello de entrada; la constancia de haber adquirido alguna nacionalidad en ese período de tiempo y cualquier acto civil. Por ejemplo, constancia de que se nacionalizó o murió alguien, el título de viaje o el pasaje del barco en que llegó el abuelo.

—¿Qué opciones tiene una persona que no cuenta con alguno de estos documentos? ¿Hay más dificultad para aplicar?

Sí, hay más dificultad. Sin embargo, en los modelos que ha cargado el Ministerio de Exteriores hay uno que se llama solicitud con auxilio registral. Este auxilio registral significa que tú puedes pedirle al Gobierno español que ubique la documentación que está en España de tus abuelos.

—Estos son algunos ejemplos de posibles casos de personas que quieren aplicar. El primero es: ¿suponiendo que mi abuela era hija de españoles, pero nunca reclamó la nacionalidad y mi mamá, que es su hija, tampoco la tuvo y falleció, ¿se puede optar a este recurso?

En este caso, lamentablemente no. Tú puedes pedir únicamente siendo nieto, y si tu abuela no la tuvo y tu mamá ya falleció, quedas fuera de la ley. Si la mamá de esta persona hubiera estado viva, sí tuviera la oportunidad porque lo reclamaría a través de su bisabuelo. Pero, lamentablemente, al tener a estas dos personas por encima, es decir, su abuela no era española, y su bisabuela y su mamá están fallecidas, entonces estás fuera.

—Otro caso: si  mis abuelos no perdieron la nacionalidad, pero se fueron por la guerra al exilio, ¿puedo aplicar?

Sí puede aplicar, siempre y cuando esté en el rango de 1936 hasta el 78. Realmente muchas personas creen que no se perdió la nacionalidad, pero el concepto de doble nacionalidad es un concepto jurídico moderno. Anteriormente, cuando tu adquirías una nacionalidad, tácitamente perdías la de origen. No es que vas a encontrar una renuncia expresa, eso no lo vas a ver.

—Por ejemplo: si mi abuelo es español, pero mi papá no tiene nacionalidad aún, ¿debe sacar él primero la nacionalidad para poder optar por ella?

No necesariamente porque la Ley permite hacerlo directo como nieto. En ese caso, se puede presentar un expediente familiar tanto del papá como de los hijos.

—¿Ya se abrió el proceso para aplicar a Ley de Memoria Democrática?

Sí. la Ley entró en vigencia el 20 de octubre, pero hay muchísimos consulados que no tienen las instrucciones cuando ya la norma y la instrucción salió en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Los consulados todavía están perfilando la forma en que van a operar. También se estima, aunque te dije que se hacía de manera personal, que los profesionales (especializados en materia migratoria) podamos hacerlo vía electrónica como representación. Es decir, que los registros públicos nos permitan presentar expedientes con nuestro certificado profesional digital y de esta manera evitar que el cliente se traslade. Aunque la norma dice que se puede hacer esto, todavía se está analizando la forma de cómo hacerlo (…) y adicionalmente, los solicitantes tienen que llenar un formato de jura al rey de España, la Constitución y las demás leyes.

—¿Qué debería considerar una persona que duda en aplicar todavía?

Primero decirle que esta podría ser la última oportunidad de poder tener la nacionalidad española a través de sus descendientes. Es una ley que quiere reparar los daños que se produjeron con la dictadura, con el golpe de Estado del 36, y la guerra (civil) de España. Viene a reivindicar esta memoria familiar. Es importante que se haga, en este momento, la recopilación de toda la documentación que se pueda tener con ayuda de familia y conocidos (…) para poder aplicar porque dudo que después de esta oportunidad venga otra más.

—¿Por qué lo dudas?

Porque han sido temas controversiales en los partidos como el PP y Vox. No por el contexto de la nacionalidad a los descendientes de los ciudadanos españoles, sino que es una ley que viene a mover muchas cosas en lo interno y toca muchas fibras sociales. Es una ley que quita título nobiliarios, que cambia nombre de lugares icónicos, por ejemplo el Valle de los Caídos ahora se llama Valle de Cuelgamuros, que revoca condecoraciones. En tal sentido, ha despertado un debate bastante intenso a pesar de que hay un consenso total en reparar los daños de las personas que se vieron forzadas a migrar.

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