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Oficial: empresas privadas deberán destinar 9% en tributos al Fondo de Pensiones

La Gaceta Oficial señala que solo serán exonerados quienes estén debidamente registrados ante el Registro de Nacional de Emprendimientos (RNE). Conoce más de lo que dice el documento

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Empresas privadas deberán pagar 9% al Nuevo Fondo de Pensiones, según la Gaceta Oficial 42.880 de fecha 16 de mayo.

Esta tasa regirá sobre el ingreso integral indexado, que está incluido en el Decreto 4952 de dicha Gaceta Oficial, el cual señala: «Se establece como monto de la contribución especial dispuesta en la Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social (…) el 9% del total de los pagos realizados por los contribuyentes a las trabajadoras y trabajadores, de conformidad con la referida ley».

¿Quiénes quedan exonerados?

El decreto establece que quedarán exonerados del pago de esta contribución los emprendimientos que estén debidamente registrados ante el Registro de Nacional de Emprendimientos (RNE): «Los beneficiarios de la exoneración prevista en este decreto no estarán sujetos al deber formal de declarar los pagos realizados a las trabajadoras y trabajadores, durante la vigencia del beneficio».

Además indica: «El plazo máximo de duración del beneficio de exoneración será de 1 año, contado a partir de la fecha de publicación en la Gaceta».

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