Economía

7 funciones arrebatadas a la AN que deben restablecerse como parte del diálogo

Diputados de oposición sostienen que la difícil situación económica venezolana amerita recomponer las atribuciones del Parlamento, por lo que en las mesas de negociaciones se ha planteado este tema. 

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FOTO: ARCHIVO | EFE

Las negociaciones que adelantan el gobierno y la oposición en busca de restituir el orden constitucional para también por restablecer las funciones de control, fiscalización y legales a la Asamblea Nacional que el Ejecutivo les arrebató una vez que el parlamento quedó con mayoría opositora el 6 de diciembre de 2015 para el período 2016-2021. Muchas de ellas están relacionadas con la materia económica y la posibilidad de que los diputados puedan hacer recomendaciones.

Desde que los partidos que integran la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) ganaron las elecciones del 6-D, comenzaron a eliminárseles potestades al parlamento. La administración del presidente Nicolás Maduro basó su decisión en que con una AN en contra «no podrían ejecutar medidas en pro del pueblo venezolano».

El diputado de la Comisión de Finanzas de la AN, José Guerra, indicó que en las mesas de negociaciones se ha planteado devolver las funciones del parlamento. Sostuvo que este tema es prioritario ante la crítica situación económica del país.

Entre las principales funciones eliminadas a la AN destacan:

1 La potestad para nombrar a los directores del Banco Central de Venezuela y ratificar la designación por parte del Ejecutivo del presidente del ente emisor (reforma a la Ley del BCV vía Habilitante).

2 Los diputados tampoco pueden ya remover al directorio del ente emisor (reforma a la Ley del BCV vía Habilitante).

3 La obligatoriedad del BCV de enviar a la directiva de la AN o a sus comisiones de información o documentos calificados como secretos o confidenciales. Ahora el Presidente de la República decidirá cuáles estadísticas se envían al parlamento (reforma a la Ley del BCV vía Habilitante).

4 De acuerdo con el artículo 319 de la Constitución de la República de Venezuela, el BCV debe rendir cuenta de las actuaciones, metas y resultados de sus políticas ante la AN. Hasta ahora esta obligación no se ha cumplido.

5 Una sentencia del Tribunal Supremo de Justicia limitó la potestad de control de la AN al gobierno, toda la administración pública nacional y a los poderes ciudadano, judicial y electoral.

6 La autorización de las solicitudes de los créditos adicionales de las distintas instituciones y organismos públicos ya no son funciones de la AN. A través del decreto de emergencia económica avalada por el TSJ en febrero de este año se le entregó esta potestad al Ejecutivo.

7 La AN en pleno previa evaluación de la Comisión de Finanzas aprueba los proyectos de ley de presupuesto y de endeudamiento que presenta el Ejecutivo. En el año 2016 tampoco se le permitió esta facultad (reforma a la Ley de Administración Financiera).

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