El Banco Central de Venezuela (BCV) fijó en Bs 10 por dólar el tipo de cambio a aplicar para el pago de impuestos de las operaciones en aduanas realizadas por Petróleos de Venezuela (Pdvsa) y para los proveedores de la industria petrolera local.
El ente emisor informó al Seniat y al público en general que el tipo de cambio aplicable para las operaciones aduaneras que ejecuten estos sectores, será la que establece el articulo 1 del Convenio Cambiario Número 35 del sistema cambiario protegido (Dipro) de 10 Bs/$.
Los sectores que deberán aplicar esta conversión son Pdvsa y sus empresas filiales, las empresas mixtas creadas a través de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, las que trabajen por cuenta propia y con motivo de la principal industria petrolera. Igualmente las importaciones ejecutadas por los proveedores exclusivos en el país de insumos especializados a Pdvsa, sus empresas filiales y las creadas a través de la Ley de Hidrocarburos que hayan sido en divisas.
Para las operaciones de importación con financiamiento otorgado por una institución financiera estatal y las operaciones tributarias realizadas en las aduanas por el sector público, deberán regirse también a la tasa de cambio Dipro.
El Convenio Cambiario Número 35 en el cual se ajusta la paridad cambiaria de 6,30 a 10 bolívares por dólar fue publicado en Gaceta Oficial durante el mes de marzo de 2016, pero las operaciones por concepto de impuestos aduaneros realizados por estos sectores no estaban incluidos.