La emisión de deuda externa ejecutada por la República el pasado 29 de diciembre continúa generando incertidumbre sobre su legalidad. Sin embargo, al parecer todo dependerá del destino de los recursos que se percibieron por la colocación de los bonos.
El pasado 3 de enero, el Ministerio de Finanzas confirmó oficialmente la emisión de un nuevo bono de la República con un cupón de 6,5% con vencimiento en el año 2036 y por un monto de 5.000 millones de dólares, a través de una colocación privada con el Banco Central de Venezuela (BCV) y el estatal Banco de Venezuela. Esta operación se habría ejecutado el 29 de diciembre de 2016 con cargo a la Ley de Endeudamiento de ese año.
Fuentes cercanas a la transacción dijeron que los recursos obtenidos con la emisión, se utilizarán para pagar la deuda en moneda extranjera con importadores y/o proveedores.
El banco de inversión Torino Capital señaló que la emisión puede no ser reconocida, en caso de asumir un nuevo gobierno de oposición. Explica que si se utiliza el argumento de que los recursos fueron destinados para el pago a proveedores, la operación se convierte en un contrato de interés nacional y por lo tanto debe ser aprobado por la Asamblea Nacional.
Recodó que la Constitución venezolana no exige expresamente que las emisiones de deuda deben ser aprobadas por el Parlamento, pero también establece que los contratos nacionales de interés público con entidades extranjeras deben ser autorizados por el poder legislativo.
«El argumento estaría fundamentado en que el bono 2036 es un contrato de interés público porque es diferente de otras emisiones. ¿Se utilizó el bono para pagar directamente los atrasos de divisas a empresas extranjeras como productos farmacéuticos, en lugar de recaudar fondos para el presupuesto nacional?», se pregunta Torino.
Hasta la fecha, el despacho de las finanzas públicas no ha emitido un comunicado para informar sobre el objetivo financiero de la operación.